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Entre los 20 Decretos que se expidieron se destacan algunas nuevas normativas que pasarán, sin excepción, a revisión de la Corte Constitucional. | Foto: Colprensa

FARC

Gobierno solicita la nulidad a fallo de la Corte que limita mecanismo del 'fast-track'

El fallo había tumbado dos apartes de ese mecanismo, que se utiliza para tramitar de manera expedita las normas necesarias para implementar el Acuerdo de Paz alcanzado con las Farc.

16 de junio de 2017 Por: Redacción de El País

El Gobierno Nacional solicitó este viernes la nulidad del fallo emitido el pasado 17 de mayo por la Corte Constitucional que había tumbado dos apartes de la vía rápida legislativa o ‘fast track’, que se utiliza para tramitar de manera expedita las normas necesarias para implementar el Acuerdo de Paz alcanzado con las Farc.

Según el Gobierno, en la decisión de la Corte, hubo una "violación al debido proceso por haberse proferido una decisión sin mayorías constitucionales".

El fallo de la Corte Constitucional le había dado un duro golpe a la tramitación legislativa de los acuerdos con las Farc al tumbar los dos apartes del Acto Legislativo.

Se trató del numeral ‘h’ del artículo primero del Acto Legislativo para la Paz, que decía literalmente que “los proyectos de ley y de acto legislativo solo podrán tener modificaciones siempre que se ajusten al contenido del Acuerdo Final y que cuenten con el aval previo del Gobierno Nacional”.

Este era uno de los puntos que más cuestionaba el Centro Democrático, porque impedía que se les hicieran modificaciones a los proyectos del Gobierno y objetar lo allí contenido.

Con esa determinación, los proyectos que se tramitarían en el Congreso por esta vía sí podrían ser objeto de proposiciones por parte de los partidos políticos.

La Corte también tumbó el numeral ‘j’ de dicho artículo, que dice: “en la comisión y en las plenarias se decidirá sobre la totalidad de cada proyecto, con las modificaciones avaladas por el Gobierno Nacional, en una sola votación”. Es decir, esta disposición señalaba que las votaciones tenían que hacerse en bloque.

La Sala Plena consideró que estas normas violaban el principio de separación de poderes, en la medida en que las limitaciones a la capacidad deliberativa y decisoria del Congreso contenidas en tales numerales resultaban incompatibles con dicho principio.

La solicitud de nulidad emitida este viernes por la Agencia Jurídica del Gobierno generó algunas críticas en sectores de oposición.


Estas son las cinco razones fundamentales por las que el Gobierno solicitó la nulidad del fallo de la Corte:

  1. Violación al debido proceso por pretermisión de una etapa trascendental del juicio de constitucionalidad, referente al trámite del impedimento y recusación, en detrimento grave del principio de imparcialidad. Esto en referencia al magistrado Carlos Bernal, de quien dice: “no estudió el caso ni permitió recusación”.
  2. Violación al debido proceso por haberse proferido una decisión sin las mayorías constitucionales requeridas, en la medida que uno de los cinco magistrados que apoyaron la decisión se encontraba materialmente en una situación de posible impedimento, que debía resolverse previamente y por ende no estaba habilitado para fallar.
  3. Violación al debido proceso por incongruencia en la sentencia. La hace inteligible en relación con la potestad o no del Congreso de la República para incluir modificaciones contrarias al contenido del acuerdo final.
  4. Violación al debido proceso por cambios injustificados del precedente, según la cual la Corte venía considerando que hacer votaciones en bloque y restringir únicamente al Gobierno la posibilidad de introducir cambios a un proyecto de ley, en determinadas materias, no vaciaba de contenido ni sustituía las funciones legislativas.
  5. Violación al debido proceso por ausencia de deliberación suficiente, teniendo en cuenta que uno de los magistrados se posesionó un día antes de fallarse la demanda.

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