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Este viernes radicarán tres iniciativas del paquete legislativo para la paz

Tales iniciativas son necesarias para el proceso de implementación de los acuerdos de paz con las Farc, dice el Gobierno.

15 de diciembre de 2016 Por: Colprensa

Tales iniciativas son necesarias para el proceso de implementación de los acuerdos de paz con las Farc, dice el Gobierno.

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, explicó que este viernes se radicarán tres iniciativas que se encuentran previstas dentro del paquete legislativo para la implementación de los acuerdos de paz firmados con las Farc

"Al medio día vamos a presentar el acto legislativo de Justicia Especial para la Paz, que ya está prácticamente listo; vamos a presentar una reforma a la Ley Quinta del Congreso de la República, para garantizar la participación de los tres voceros de la nueva agrupación política en el Senado y los tres voceros en la Cámara; vamos a presentar también el acto legislativo para facilitar la creación del nuevo partido político que surja de la desmovilización y el desarme de las Farc", afirmó.

Sin embargo, sobre la participación de los integrantes de Voces de Paz y Reconciliación, que este mismo jueves se inscribieron ante el Consejo Nacional Electoral como agrupación política, el ministro explicó que para que puedan participar en la discusión sobre la Ley de Amnistía la Cámara de Representantes y el Senado emitirán una resolución.  

"A partir de la semana entrante se hará una resolución de las mesas directivas para que puedan participar los voceros y ya mañana presentamos el proyecto de ley que reforma la Ley Quinta para permitir la participación de estos", dijo.

El borrador del acto legislativo de Justicia Especial para la Paz está compuesto por siete páginas y cerca de 17 artículos que desarrollan la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad; la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en razón del conflicto armado; la Jurisdicción Especial de Paz; y las medidas de reparación integral para la construcción de paz.

Sobre la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad se establece que es un órgano autónomo y extrajudicial; se especifica que "no tendrá carácter judicial, ni podrán implicar la imputación penal de quienes comparezcan ante ella"; y también, que la información que reciba no se podrá trasladar a autoridades judiciales para procesos.

Determina que la Unidad de Búsqueda de personas desaparecidas tendrá carácter humanitario y extrajudicial, y que tanto sus funcionarios como los de la Comisión no podrán ser obligados a declarar en procesos judiciales desde que el conocimiento de los hechos se hayan dado dentro de sus funciones.

En su tercer capítulo habla sobre la Jurisdicción Especial para la Paz se especifica: "administrará la justicia de manera autónoma y conocerá de manera prevalente sobre todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas por causa, con ocasión  y en relación directa o indirecta con el conflicto armado".

Sobre las tutelas en contra de las decisiones de la Jurisidicción determina que se deben presentar ante el Tribunal para la Paz. La primera instancia sería decidida por la Sección de Revisión y la segunda por la Sección de Apelaciones, y agregan: " El fallo de la tutela podrá ser revisado por la Corte Constitucional".

Además contiene un capítulo específico para el tema de extradición, en donde deja establecido que no se podrá conceder la extradicción a personas que estén acogidas en este sistema; y deja claro que quienes se sometan a la Jurisdicción Especial de Paz  y tengan sanciones no quedarán inhabilitados para participar en política.

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