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"Este es el punto de no retorno de la paz": Fiscal Montealegre

Desde Cali, el Fiscal General se mostró de acuerdo con lo logrado este martes en La Habana y habló sobra la jurisdicción especial para la paz.

15 de diciembre de 2015 Por: Elpaís.com.co

Desde Cali, el Fiscal General se mostró de acuerdo con lo logrado este martes en La Habana y habló sobra la jurisdicción especial para la paz.

El fiscal general de la Nación, Eduardo Montealegre, se mostró de acuerdo con los alcances logrados hoy en La Habana y dijo que se trata de un acuerdo sin impunidad, destacando que este es el punto de no retorno de la paz.

El funcionario resaltó tres hechos claves del acuerdo de justicia: la Jurisdicción Especial de Paz que decidirá sobre la responsabilidad de todos los actores del conflicto e investigará, acusará y sancionará tanto a la fuerza pública como a los miembros  de las Farc y algunos sectores de los paramilitares.

“Las decisiones de que tomé esta jurisdicción son definitivas, solo podrán ser resueltas por el mismo organismo, ni siquiera la Corte Suprema de Justicia podría revisar las decisiones”, dijo.

En segundo lugar, destacó que los paramilitares que hayan sido sancionados no pasarán a la Jurisdicción Especial y que este organismo no podría investigar al Presidente por hechos relacionados con sus funciones durante su mandato.

Adicionalmente, el fiscal general se mostró de acuerdo en que el narcotráfico sea tenido en cuenta como delito conexo al delito político y por lo tanto puede ser sujeto de amnistía o indulto.

También agregó que el modelo acordado combina la sanción restaurativa con una sanción restrictiva de la libertad, por lo que no habrá amnistía general.

El funcionario explicó que “no es una ley de punto final”. En ese sentido, dijo que habrá procedimientos concretos, persona a persona, después del reconocimiento de cada quien de sus responsabilidades, para llegar a sentencias definitivas que pongan fin al conflicto. Advirtió que lo pactado mantiene el fuero Constitucional de los actos cometidos por presidentes de la República, por lo que los hechos que haya cometido un jefe de Estado durante el ejercicio del cargo y que tengan relación con su función, no irán a esta jurisdicción. “Los hechos cometidos por alguien antes de la Presidencia de la República o después del ejercicio de su investidura, sí podrían ir a la Jurisdicción Especial de Paz”, aclaró. 

El Fiscal fue enfático en que la Jurisdicción acordada en Cuba también asumirá competencias disciplinarias para conductas que tengan relación con el conflicto, una potestad que le permitirá incluso resolver sobre la anulación de sanciones que haya impuesto la Procuraduría o cualquier otra entidad disciplinaria. 

Tratamiento diferencial a militares El fiscal indicó que el órgano judicial enviará informes descriptivos sobre los crímenes de las Farc y las violaciones cometidas a los Derechos Humanos. No obstante no será este organismo el que califique provisional o definitivamente, si los cabecillas de la guerrilla cometieron o no delitos de lesa humanidad, pues ésta es una de las competencias de la Jurisdicción Especial. En ese sentido, Montealegre aclaró que habrá criterios diferenciadores entre la ilegales y Fuerzas Militares. “No importa la gravedad o la naturaleza de crimen internacional de la grave violación que haya cometido un miembro de la Fuerza Pública, así se trate de delitos de competencia de Corte Penal Internacional (...) si el hecho tiene relación con el conflicto, será competencia de la Jurisdicción Especial de Paz”, explicó. No obstante, en el caso de los militares podrá existir pena privativa efectiva de la libertad, por ejemplo frente a casos como los falsos positivos, que podrán entrar en la Jurisdicción acordada en Cuba y ser objeto de Justicia Transicional, pero en estos casos debe existir privación efectiva de la libertad. “Aún así, se puede hablar de una posible disminución de la pena por colaboración en materia de verdad y reparación. Pueden existir tratamientos penitenciarios flexibles como arrestos de fin de semana o trabajos diurno y arresto nocturno. Hay una gran gama de posibilidades de tratamientos penitenciarios flexibles. Lo que hay que aclarar es que el régimen de imputación a miembros de la Fuerza Pública tiene que ser diverso”, concluyó. 

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