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El plebiscito por la paz tiene ponencia positiva en la Corte Constitucional

La ponencia, presentada por el magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, debe ser aprobada por la Sala Plena de la Corte.

17 de junio de 2016 Por: Elpais.com.co | Colprensa

La ponencia, presentada por el magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, debe ser aprobada por la Sala Plena de la Corte.

[[nid:404865;http://contenidos.elpais.com.co/elpais/sites/default/files/imagecache/563x/2015/03/corte_magistrados.jpg;full;{La Corte Constitucional. Foto: Elpais.com.co | Colprensa}]]

El magistrado de la Corte Constitucional Luis Ernesto Vargas Silva presentó este viernes ponencia favorable al Plebiscito por la Paz. La también: ¿Se necesita Ley de Garantías para plebiscito por la paz?

Según se ha podido establecer, la ponencia va avalando el proyecto de Ley estatutaria que regula el plebiscito como forma para refrendar el acuerdo de Paz que se firme entre el Gobierno y las Farc.

No obstante, la ponencia fija algunos condicionamientos sobre la forma como se haría la campaña por el plebiscito, en el entendido que deberá hacerse tanto para promover el 'sí', como el 'no' y la abstención. 

El documento señala que la campaña por el plebiscito no podrá incorporar contenidos que promuevan un partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos o que se relacione con la promoción de candidaturas de ciudadanos a cargos de elección popular.

La ponencia, que debe ser aprobada por la Sala Plena de la Corte, también señala que la divulgación del Acuerdo Final en las campañas tiene que ser netamente informativa sobre su contenido y no pueden tener cargas valorativas ni estratégicas que busquen incidir en el voto de los colombianos.

 Es decir, que la información transmitida a los colombianos en radio y televisión debe ser veraz e imparcial y, además, esta divulgación solo se podría iniciar después que el Congreso haya autorizado su realización.

 La ponencia del magistrado Vargas igualmente señala que el presidente debe publicar en el Diario Oficial el contenido completo del Acuerdo Final antes de convocarlo, así como en los medios de comunicación y al menos 30 días hábiles antes de la fecha de votación del mismo.

 La ponencia señala que la divulgación debe tener en cuenta a las personas con discapacidad y a aquellas comunidades que no se comunican en español y que se deben crear estrategias de difusión en zonas apartadas del país. 

Ahora, la Sala Plena de la Corte deberá hacer el estudio de la ponencia del magistrado Vargas y discutir si está de acuerdo con lo que en ella se establece. 

Cabe recordar que la Corte Constitucional escuchó a múltiples organizaciones y expertos en el curso del estudio de la ley que regula el Plebiscito y que realizó una audiencia pública en donde el presidente de la República, Juan Manuel Santos, insistió en que se hará la refrendación para “entregarle al pueblo la paz”. 

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