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Congreso de la República | Foto: Colprensa

VÍCTIMAS

Dos decisiones jurídicas desatan nueva controversia por curules para víctimas

El Tribunal de Cundinamarca no estudiará petición del Gobierno para salvar las curules; sin embargo,el Juzgado 16 de Bogotá ordenó revivir el acto legislativo que crea las circunscripciones.

11 de diciembre de 2017 Por: Redacción de El País 

El acto legislativo por el cual se creaban las 16 curules para las víctimas del conflicto en el Congreso volvió a desatar este lunes una controversia jurídica, esta vez en los estrados judiciales, por cuenta de dos decisiones contradictorias. 

Por un lado, el Tribunal de Cundinamarca no admitió la acción de cumplimiento radicada por el Gobierno para salvar las curules. La Sección Primera, con ponencia del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, inadmitió la demanda por falta de algunos documentos. 

Sin embargo, minutos más tarde el Juzgado 16 Administrativo del Circuito de Bogotá ordenó al presidente del Senado, Efraín Cepeda, que envíe de manera inmediata a la Presidencia de la República el proyecto de acto legislativo que crea las 16 curules especiales de paz para su promulgación, decisión que revive de manera provisional este mecanismo de participación política pactado en los acuerdo de paz entre el Gobierno y las Farc. 

Textualmente, la medida provisional ordena que “se envíe el texto del ‘Acto Legislativo 017 de 2017’, por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes en el periodo 2018-2022 y 2022-2026 y luego de ello prosiga su trámite ante la Corte Constitucional”.

El ministro del Interior, Guillermo Rivera, celebró la decisión: "una juez de Bogotá acaba de decretar medidas cautelares y ha ordenando al señor presidente del Senado remitir el proyecto de reforma a la Presidencia para que se proceda a su promulgación. Esta tesis le está dando la razón a la tesis del Gobierno Nacional y celebramos en buena hora esta decisión judicial".

Rivera manifestó que esto indica que el Gobierno ha tenido razón cuando consideró que el proyecto sí fue votado con las mayorías necesarias.

En este caso cursan varios procesos ante diferentes instancias judiciales. Esta tutela que se admitió y que revive provisionalmente las circunscripciones de paz es completamente diferente al recurso que presentó el Gobierno ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Como indicó Coprensa, el Tribunal no admitió la acción de cumplimiento que pretende igualmente obligar que Cepeda envíe a la presidencia de la República el proyecto de Acto Legislativo para su promulgación, por considerar que la reforma obtuvo las mayorías requeridas.

La Sección Primera, con ponencia del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, inadmitió la demanda por falta de algunos documentos, por lo que corre un plazo para subsanar el escrito y rechazó la medida cautelar que pretendía que las víctimas se pudieran inscribir a las circunscripciones mientras se estudiaba de fondo la acción.

Fuentes del Gobierno explicaron que mañana mismo se radicará el documento faltante, que es una declaración juramentada de que esta acción no se ha presentado en otra instancia o tribunal.

El magistrado Lasso indicó que se negaron las medidas provisionales en el sentido que "es improcedente resolver sobre medidas cautelares en materia de acciones de cumplimiento".

Aparte cursa otra tutela que presentaron 25 organizaciones sociales ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca con las mismas intenciones.

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