El pais
SUSCRÍBETE

Conozca los alcances de la iniciativa para implementar los acuerdos de paz

El presidente Santos dijo que el acto legislativo solo tendrá lugar si los colombianos refrendan lo convenido en La Habana con las Farc. Análisis del proyecto, que ya tiene detractores y defensores.

17 de septiembre de 2015 Por: Elpaís.com.co l Colprensa

El presidente Santos dijo que el acto legislativo solo tendrá lugar si los colombianos refrendan lo convenido en La Habana con las Farc. Análisis del proyecto, que ya tiene detractores y defensores.

El presidente Juan Manuel Santos dijo este miércoles que no puede pasar mucho tiempo entre la firma de los acuerdos y la adopción de medidas para el  posconflicto, al explicar los alcances del Acto Legislativo para la Paz, radicado el pasado martes en el Congreso de la República.

“Yo les dije desde un comienzo que la última palabra la tendrían ustedes, los colombianos. Y voy a cumplir esa promesa. El Acto Legislativo Especial para la Paz solo tendrá lugar si los colombianos refrendan el acuerdo final, si lo aprueban”, señaló antes de precisar que el mecanismo de refrendación aún no ha sido discutido.

A su  vez, el vicepresidente Germán Vargas Lleras  resaltó que todos los partidos podrán participar en la discusión: “Es importante que incorpore las Comisiones Constitucionales, que reglamentariamente están encargadas de esos temas, y no omite la aprobación que deben impartir una y otra plenaria”. 

La iniciativa plantea sustanciales cambios a la forma en que legisla el Congreso, por lo que desde ya tiene opositores y defensores. El País presenta un ABC del proyecto.

Límite de tiempo

El texto del proyecto es claro en que tanto los cambios que se incorporan con la comisión especial legislativa como con las facultades extraordinarias que se le otorgarían al Jefe del Estado tendrán un límite de tiempo para usarse.

Serán seis meses, prorrogables por otros seis. Este es el tiempo que tiene esa comisión legislativa para trabajar, mientras que las facultades presidenciales solo podrán ejercerse por 90 días y con una prórroga máxima del mismo tiempo.

¿Quénes la integran?

La comisión legislativa para la paz o especial será integrada por los miembros de las comisiones primeras de Senado y Cámara y doce congresistas adicionales, quienes serán designados por las mesas directivas de ambas cámaras en conjunto, preservando la representación proporcional de los partidos y asegurando la representación de las minorías étnicas.

Temas a discutir

La comisión legislativa especial sólo podrá discutir, durante el tiempo que funcione, los proyectos de ley y de acto legislativo que serán iniciativa exclusiva del Gobierno Nacional.

Trámite y votación

Las iniciativas que lleguen en primer debate serán discutidas por la comisión legislativa especial. La dirección de esa comisión estará a cargo de las mesas directivas de las comisiones primeras. 

El segundo debate de los proyectos de ley se surtirá en el Congreso en pleno, mientras que el segundo debate de los proyectos de acto legislativo se surtirá en las plenarias de cada una de las cámaras.

En sesiones extras 

Se dispone igualmente que todos los proyectos puedan ser tramitados en sesiones extraordinarias. Las cámaras solo podrán improbar los proyectos. Surtido el trámite, si no ha habido rechazo por mayoría absoluta, se sancionarán o promulgarán los proyectos según el caso, con las modificaciones que se hayan introducido en el primer debate. Se dispone también que todos los proyectos puedan ser tramitados en sesiones extraordinarias. 

Las cámaras solo podrán improbar los proyectos. Surtido el trámite, si no ha habido rechazo por mayoría absoluta, se sancionarán o promulgarán los proyectos según el caso, con los cambios introducidos en el primer debate. 

Los cambios

El articulado señala que los proyectos solo serán modificables en el primer debate, siempre que se ajusten al contenido del Acuerdo Final de La Habana y que cuenten con el aval previo del Gobierno Nacional. Tanto en comisión como en plenarias se decidirá sobre la totalidad de cada proyecto en una sola votación.

Entrada en funcionamiento 

La comisión legislativa especial solo podrá conformarse una vez se haya firmado y refrendado popularmente el Acuerdo Final entre el Gobierno y la guerrilla en La Habana, a través del mecanismo que se defina para tal efecto.

 

Facultades presidenciales

Las facultades del Presidente de la República estarán en vigencia a partir de la refrendación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de la Paz. 

Lo prohibido

Las facultades no se podrán usar para expedir actos legislativos, leyes estatutarias y leyes orgánicas.

El Gobierno Nacional entregará informes periódicos al Congreso de la República sobre el cumplimiento y desarrollo de este artículo. 

Revisión de la Corte 

El trámite de estos proyectos comprenderá su revisión previa por parte de la Corte Constitucional. 

El control de constitucionalidad de los actos legislativos se hará sólo por vicios de procedimiento en su formación. 

 

Los términos de esta revisión se reducirán a la tercera parte de los del procedimiento ordinario y no podrán ser prorrogados. 

Revisión final 

El procedimiento de revisión de constitucionalidad de estas disposiciones deberá surtirse por parte de la Corte Constitucional dentro de los dos meses siguientes a su aprobación. 

“Fue un acto unilateral”

Las Farc indicaron este miércoles desde La Habana que la radicación del acto legislativo fue un acto unilateral del Gobierno, a la vez que advirtieron  que va en contravía de agilizar la discusión en la mesa mientras que en el país se desescalen las acciones militares.

“La implementación, verificación, la refrendación contemplados en el sexto punto de la Agenda no son asuntos que conciernen solo al Gobierno. Su tratamiento requiere bilateralidad, compromisos mutuos, acuerdo. Por ello nos sorprende la noticia sobre la presentación a consideración del Congreso del Proyecto de Acto Legislativo”, dijo la guerrilla.

Frente a ese pronunciamiento, Vargas  Lleras dijo que “es la decisión que el Gobierno aquí ha tomado”.  

De otra parte, el fiscal General,  Eduardo Montelagre, suspendió las imputaciones de cargos contra la cúpula de las Farc por los delitos de lesa humanidad, pues considera que en las dos próximas semanas se conocerá el mecanismo de justicia transicional construido en los diálogos de paz en La Habana, Cuba.

 El Fiscal aclaró que esa suspensión  no implica que se detengan las investigaciones y precisó que estas apuntan a establecer la verdad sobre delitos de lesa humanidad y contra la infraestructura económica cometidos por las Farc y el ELN.

AHORA EN Proceso de Paz