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La próxima semana, la plenaria del Senado dará el cuarto y último debate al proyecto de acto legislativo que le da creación a la JEP. | Foto: Colprensa / El País

PROCESO DE PAZ

Los cambios que sufrió la Justicia Especial para la Paz en el Senado

El proyecto que crea la JEP sigue su curso en el Congreso. Resumen de su ‘morfología’.

23 de febrero de 2017 Por: Elpais.com.co

La principal reforma que deberá aprobar el Congreso para la implementación de los acuerdos es la Justicia Especial para la Paz (JEP). Y en medio de la controversia en la que avanza su discusión, también hay cambios en la misma.

El miércoles, la Comisión Primera del Senado aprobó en tercer debate, y con cambios, el proyecto de acto legislativo que crea la Justicia Especial. El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, avaló las modificaciones.

Por ejemplo hizo énfasis en el que delimita la jurisdicción de la JEP para civiles no involucrados directamente en el conflicto: “Sólo irán cuando hayan sido determinantes en el desarrollo del conflicto, en la comisión de un delito de crimen de guerra o de lesa humanidad; esto no sólo se dará con testimonio de alguien, sino que deberá ser corroborado por medio de prueba distinta al testimonio”.

Frente a la inquietud de varios congresistas sobre la posible extralimitación que tendrían los magistrados de la JEP, Cristo señaló: “Tienen el mismo régimen de responsabilidad que los magistrados de altas Cortes; deben tener un régimen de control, una Ley Estatutaria lo definirá. Sin embargo ellos serán autónomos de fijar su propio reglamento”. A continuación, los cambios más notorios aplicados a la JEP.

Expresidentes a salvo


La posibilidad de que los fallos sean tomados a partir de un punto de vista único de los magistrados, ha sido otra de las particularidades bajo la lupa. Por ello se aprobó que será el concepto de dos magistrados extranjeros de reconocido prestigio, el que permita emitir “un concepto sobre la materia del caso, con el fin de obtener elementos de juicio o informaciones relevantes”. Ellos podrán participar incluso en los debates de las salas de juzgamiento de la JEP.

En cuanto a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, quedó establecido que será autónoma, con personería, y tendrá carácter extrajudicial; esto lo que quiere decir es que no se les podrá imputar cargos o abrir procesos a quienes la conformen y entreguen sus reportes.

Frente a las insistentes versiones sobre la eventualidad de que resulte aplicable a expresidentes de la República, en concreto al hoy senador Álvaro Uribe, un parágrafo lo aclara expresamente: “La creación y funcionamiento de la JEP no modificarán las normas aplicables a las personas que hayan ejercido la Presidencia de la República”. En caso de recibir denuncias en ese sentido, indica, las mismas serán enviadas a la Comisión de Acusaciones de la Cámara, que es el organismo competente.

Garantías para las víctimas

Las víctimas y el blindaje de sus derechos estuvieron en el centro de discusión. Ante una propuesta del senador Juan Manuel Galán, quedó incluido un parágrafo en la JEP que reitera que “las normas que regirán incluirán garantías procesales, sustanciales, probatorias y de acceso, encaminadas a que las víctimas puedan satisfacer sus derechos a la verdad, justicia y reparación, con medidas diferenciales y especiales para aquellos que se consideran sujetos de especial protección”.

“Se deberán garantizar los principios de tratamiento penal especial condicionando a la garantía de los derechos de las víctimas, centralidad de las víctimas, integralidad; debido proceso, no regresividad en el reconocimiento de sus derechos y enfoque diferencias y género”.

Presencia de la Procuraduría

Desde que el proyecto se estaba tramitando en la Cámara de Representantes, el procurador General de la Nación, Fernando Carrillo, hizo la advertencia varias veces: el Ministerio Público estaba siendo desconocido. En principio un reclamo sin eco porque el propio presidente Juan Manuel Santos se manifestó su inclusión no era posible.
Sin embargo, y por intermedio del senador conservador Eduardo Enríquez Mayo, en la JEP ahora ha quedado planteada que la presencia del Ministerio Público se dé en caso de solicitud. “El Procurador, por su o sus delegados y agentes, a solicitud de alguno de los magistrados de la sección que conozca del caso, podrá intervenir en las diligencias que el magistrado establezca, para la defensa de los derechos fundamentales de las víctimas en los procesos que se sigan ante la Jurisdicción Especial para la Paz”, fue lo que se aprobó.

Tratamiento a militares

El tratamiento para los militares dentro de la JEP ha sido tema de polémica.

En criterio de la senadora Claudia López, el punto de la responsabilidad de mando, “es un beneficio directo para el Estado Mayor y los comandantes de las Farc, pero no para los militares, que deberán tener unas prebendas”.

En todo caso, en la sesión se aprobó un artículo en el que se precisa: “En virtud del carácter inescindible de la JEP, en relación con los miembros de la Fuerza Pública que hubieran realizado conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el delito armado, el tratamiento será simétrico en algunos aspectos, diferenciado en otros, pero siempre equitativo, equilibrado y simultáneo”.

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