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Lo mejor y lo bueno

"La pregunta es si aquí no se está tratando de imponer el interés particular sobre el bien común. Y si acciones en el mismo sentido, como las consultas que paralizan la carretera a Buenaventura o impidieron la construcción del aeropuerto para esa ciudad, corresponden a la democracia participativa".

14 de febrero de 2013 Por:

"La pregunta es si aquí no se está tratando de imponer el interés particular sobre el bien común. Y si acciones en el mismo sentido, como las consultas que paralizan la carretera a Buenaventura o impidieron la construcción del aeropuerto para esa ciudad, corresponden a la democracia participativa".

Discusiones eternas, sentencias que dejan más dudas que certezas y la paciencia que se agota frente a un propósito que debiendo ser herramienta de progreso y concordia se ha convertido en fuente de problemas y obstáculo en muchas ocasiones insalvable. Esa podría ser la historia en Colombia de las consultas ordenadas por la Constitución a las minorías étnicas que habitan el territorio colombiano.Comprometida por el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo que ratificó con su firma, Colombia expidió la ley 21 de 1991 que le da vida a las consultas a las comunidades étnicas. Su propósito, noble y ambicioso además de inobjetable, pretende defender las culturas ancestrales y las áreas geográficas donde tienen asiento las comunidades centro de la protección. Qué duda cabe entonces sobre la importancia de hacer uso de una herramienta democrática cuando se trata de intervenciones que pueden alterar sus vidas o amenazan con desaparecer esas comunidades. Pero sucede que la ley no ha sido lo clara que se requiere para impedir que las distorsiones desvíen ese ejercicio democrático o se conviertan en enemigos de actuaciones necesarias para la buena marcha y el progreso de la Nación. Es el caso de las decisiones del Tribunal Superior de Pasto que ordena al Instituto Colombiano Agropecuario paralizar la fumigación de cultivos de palma en el departamento de Nariño, afectadas por una plaga letal para ellas y de efectos funestos para la economía de la zona, porque no se había realizado la consulta a las comunidades. Es decir, y si la teoría del juez se impone, la acción para proteger una comunidad y una fuente de trabajo deberá paralizarse, sin importar su urgencia y el efecto que produzca esa suspensión y sin considerar que la fumigación no es de aquellas actividades que pongan en riesgo la cultura y la sobrevivencia de una comunidad étnica. Con razón, el Ministro de Agricultura ha lanzado una alerta, temiendo que la decisión se riegue por el país paralizando las fumigaciones normales en toda actividad agrícola. La pregunta es si aquí no se está tratando de imponer el interés particular sobre el bien común. Y si acciones en el mismo sentido, como las consultas que paralizan la carretera a Buenaventura o impidieron la construcción del aeropuerto para esa ciudad, corresponden a la democracia participativa. Más aún, cuando en todo el país se ha demostrado hasta la saciedad la existencia de personas y agrupaciones que se apropian de la representatividad que la ley otorga a las comunidades para su propio beneficio. Ejemplos hay por todas partes. Es absurdo que decisiones urgentes como la reforma a las Corporaciones Autónomas Regionales o la Ley de Desarrollo Rural, estén varadas durante años porque falta la consulta, a pesar de que no afectan la existencia de las minorías étnicas. Por eso, ya es hora de pensar que la democracia también tiene límites para evitar que su abuso cause perjuicios. Y de aceptar que lo mejor, más democracia, es enemigo de lo bueno, el progreso bien entendido que protegiendo a las comunidades étnicas también beneficia a toda la Nación.

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