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Las reglas claras

"Ahora se inicia la obligación de darle vida al Fuero Militar como institución creada para garantizar la aplicación de la legalidad en Colombia. Como tal, no es la excepción que favorece a quienes cometan delitos en nombre de la defensa del Estado sino la norma que fija límites a la acción de las autoridades militares y de policía".

19 de junio de 2013 Por:

"Ahora se inicia la obligación de darle vida al Fuero Militar como institución creada para garantizar la aplicación de la legalidad en Colombia. Como tal, no es la excepción que favorece a quienes cometan delitos en nombre de la defensa del Estado sino la norma que fija límites a la acción de las autoridades militares y de policía".

Terminado el debate en el Congreso, del cual queda pendiente solo la conciliación en algunos puntos entre la Cámara de Representantes y el Senado, el país se apresta a tener un estatuto que define el Fuero Militar y crea reglas de juego para juzgar las actuaciones de la Fuerza Pública. Cuando el presidente de la República lo sancione, empezará la obligación del Estado en su conjunto de poner en acción un principio aceptado en todos los países democráticos, que armoniza el obligatorio respeto al Derecho Internacional Humanitario con la necesidad de fijar con claridad las responsabilidades que les atañen a los militares y policías en la guarda de la seguridad y la defensa de la Constitución. Fueron casi dos años en los cuales se debatió en todos los foros posibles una iniciativa necesaria para darle transparencia a la vigilancia, investigación y juzgamiento de los hechos cometidos en razón del servicio que prestan quienes tienen a su cargo el monopolio de la fuerza y de las armas por delegación expresa de la Constitución Nacional. En ese lapso, el Congreso y los medios de comunicación han sido escenario de intensos debates donde se han expresado los más diversos puntos de vista sobre un asunto de gran importancia para una nación que como la nuestra vive en medio de un permanente esfuerzo de las autoridades por derrotar las más variadas y peligrosas formas de delincuencia. En ese orden de ideas, es más que necesario crear un estatuto jurídico que aclare las responsabilidades y fije marcos precisos a la acción de los cuerpos de seguridad del Estado. Se trata de determinar el alcance de la Justicia Penal Militar y la responsabilidad de policías y soldados por hechos delictivos que se cometan en ejercicio de sus funciones. Lo que significa también excluir de esa jurisdicción el conocimiento de aquellos delitos que atenten contra los Derechos Humanos y tengan carácter de crímenes de guerra o de lesa humanidad. Entre esas exclusiones están de manera expresa los llamados falsos positivos que tanto daño le han causado a ciudadanos inermes y a las instituciones armadas. Ahora se inicia la obligación de darle vida al Fuero Militar como institución creada para garantizar la aplicación de la legalidad en Colombia. Como tal, no es la excepción que favorece a quienes cometan delitos en nombre de la defensa del Estado sino la norma que fija límites a la acción de las autoridades militares y de policía. Pero también es el reconocimiento de la necesidad de garantizar la existencia de una Justicia especializada que con conocimiento de causa tenga los elementos necesarios para investigar, analizar y decidir sobre las actuaciones de la Fuerza Pública.En el debate se escucharon también las críticas de dependencia de la ONU y de organizaciones no gubernamentales de carácter internacional. Como corresponde a un país democrático, sus observaciones fueron atendidas, así algunas de ellas no hayan sido tenidas en cuenta, lo cual no puede dar pie para acusar a Colombia de desconocer la legislación internacional. El Congreso colombiano ejerció la soberanía que le otorga la Constitución y su decisión debe ser respetada.

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