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Las puertas de la impunidad

23 de septiembre de 2010 Por:

la ley penal, el procedimiento acusatorio y el régimen penitenciario terminan beneficiando al delincuente por un mal entendido ‘garantismo’ que se vuelve en contra de la sociedad.

La liberación de 26 acusados de tráfico de armas por haber sido capturados antes de las seis de la mañana es otro de aquellos hechos que hacen preguntar de nuevo a los colombianos por qué se hace casi imposible cambiar las leyes para lograr que haya justicia efectiva y cumplida. Y por qué no es posible que exista un análisis del perjuicio que se le causa al país y a la sociedad cuando la ley deja abiertas las puertas para que sea burlada y crezca la impunidad.El caso de los civiles liberados por un juez de garantías no puede ser más patético: durante largos meses, la Policía y la Fiscalía realizaron un seguimiento a la banda que le entregaba armas a la guerrilla y a la delincuencia común. Armas con características especiales que en la mayoría de las ocasiones salían de las propias armerías oficiales, las cuales terminaban precisamente en manos de aquellas organizaciones que deben ser combatidas por el Estado. Tales hechos demuestran por sí solos la peligrosidad de la banda, además del cuidadoso trabajo de los organismos de seguridad.Pero la falta de una explicación de por qué algunos de los sindicados fueron capturados antes de las seis de la mañana, bastaron para que el juez afirmara que se había violado el debido proceso, con lo cual ordenó su libertad. Es decir, el formalismo por encima de la necesidad de proteger a la sociedad. O el error de un Fiscal, que ya fue removido, al no argumentar como corresponde que los detenidos cumplían los requisitos para aplicarle la excepción que permite capturas en las horas nocturnas, lo que sirvió de pretexto para una decisión que dejó en la calle la mayor parte de una banda de extrema peligrosidad.Ese tipo de fallas pasan a diario en Cali, cuando delincuentes reconocidos por su tenebroso prontuario y miembros de bandas de sicarios reciben el beneficio de la libertad provisional. Y cuando la ausencia de recursos impide tener fiscales y jueces suficientes para procesar delincuentes, lo cual da pie para la aplicación del habeas corpus. O peor aún, cuando los criminales de la peor laya reciben beneficios como la casa por cárcel, o el uso de un brazalete fácil de burlar, a pesar de sus condenas, porque son ‘cabeza de familia’. En fin, cuando la ley penal, el procedimiento acusatorio y el régimen penitenciario terminan beneficiando al delincuente por un mal entendido ‘garantismo’ que se vuelve en contra de la sociedad. Hace unos días, el Gobierno Nacional retiró su propuesta de reforma a la Justicia, con la cual pretendía resolver las discordias por el poder en los Altos Tribunales y los problemas que afectan la colaboración armónica ordenada por la Constitución Nacional. Pues debería aprovechar el que haya concitado el debate nacional sobre el tema, para tomar medidas que clausuren los oscuros forámenes que fomentan la impunidad y amenazan al ciudadano del común. Es la demostración palmaria de las razones por las cuales el Estado fracasa en el combate a la delincuencia cuando la ley no es aplicada pensando en la defensa del bien común y del interés general. Y allí están algunas de las causas más poderosas para la alarmante inseguridad que padecen las ciudades colombianas.

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