El pais
SUSCRÍBETE

El Marco y la Justicia

La diferencia está en que la ley que hoy revisa la Corte fue aprobada antes de que el país supiera sobre las conversaciones que el Gobierno adelantaba con las Farc. Lo que lleva a concluir que fue un requisito, o un gesto, para establecer el proceso de diálogo formal que se desarrolla en La Habana. Ahora puede inferirse que esos diálogos están suspendidos hasta tanto la revisión termine con resultado positivo, porque de lo contrario no tendría objeto seguir hablando de paz sin tener los instrumentos para avanzar en la terminación del conflicto.

28 de julio de 2013 Por:

La diferencia está en que la ley que hoy revisa la Corte fue aprobada antes de que el país supiera sobre las conversaciones que el Gobierno adelantaba con las Farc. Lo que lleva a concluir que fue un requisito, o un gesto, para establecer el proceso de diálogo formal que se desarrolla en La Habana. Ahora puede inferirse que esos diálogos están suspendidos hasta tanto la revisión termine con resultado positivo, porque de lo contrario no tendría objeto seguir hablando de paz sin tener los instrumentos para avanzar en la terminación del conflicto.

Durante la semana que termina, la Corte Constitucional fue escenario del debate sobre el Marco Jurídico para la Paz, instrumento excepcional que el Gobierno Nacional construyó para aplicar en caso de que se logre un acuerdo con las Farc para terminar el conflicto de 60 años. Una herramienta jurídica que sin duda es necesaria pero no suficiente, si la guerrilla no muestra la voluntad de desmovilizarse y regresar a la vida civilizada, lejos de las armas y el delito.El Marco fue aprobado hace un año en el Congreso. Como ocurrió cuando fue aprobada la Ley de Justicia y Paz, en él se establecieron principios correspondientes a la justicia transicional para asegurar la defensa del bien supremo de la paz. En otros términos lo que procura es hacer una excepción a la justicia penal para ayudar a que se termine la violencia, buscando mantener el derecho a la verdad, la justicia y la reparación que demandan las víctimas.La diferencia está en que la ley que hoy revisa la Corte fue aprobada antes de que el país supiera sobre las conversaciones que el Gobierno adelantaba con las Farc. Lo que lleva a concluir que fue un requisito, o un gesto, para establecer el proceso de diálogo formal que se desarrolla en La Habana. Ahora puede inferirse que esos diálogos están suspendidos hasta tanto la revisión termine con resultado positivo, porque de lo contrario no tendría objeto seguir hablando de paz sin tener los instrumentos para avanzar en la terminación del conflicto.Dicho lo anterior, es claro el origen político de la Ley que revisa el Alto Tribunal. Por lo tanto, su aprobación no parece ser difícil. De hecho, ya se conoce la ponencia, donde aparece la facultad de la Corte Constitucional de modular la aplicación de la norma para efectos de perfeccionarla, impidiendo que se cometan errores y se dejen vacíos que desconozcan la legislación internacional y nacional sobre crímenes de lesa humanidad y sobre protección a los derechos de las víctimas.En ese orden de ideas, lo que debe quedar preciso son las facultades que el Ejecutivo y los órganos jurisdiccionales tendrán para aplicar la justicia transicional. Es decir, qué tanta impunidad deberá soportar Colombia a cambio de que las Farc entreguen las armas y puedan ingresar a la vida civil, incluyendo la posibilidad de hacer política. Y cómo se logrará que quienes cometieron delitos atroces y de todo orden, de manera sistemática y con desprecio de los principios jurídicos propios de la civilización, paguen su deuda con la sociedad y reparen el daño que causaron a sus víctimas.Es pues un proceso político, en el cual el país entero debe estar vigilante para evitar que se burle la obligación de reconocer la verdad, que se procure la justicia y se produzca la reparación a las víctimas. No se trata entonces de favorecer con la impunidad a quienes han vivido de ejercer la violencia contra la Nación. Y mucho menos de llenarlos de prerrogativas como garantizarles cupos en el Congreso o en el ejercicio de la política, así como eludir la obligación de responder por sus miles de crímenes. Esa es la misión que deben cumplir los Magistrados de la Corte Constitucional.

AHORA EN Editorial