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Claridad indispensable

"Entendiendo la intención de aportar del señor Fiscal y el oportunismo que se esconde detrás de la propuesta de la séptima papeleta, hay que reconocer que esas palabras crean confusión, en momentos en que la negociación con las Farc atraviesa circunstancias definitivas".

22 de enero de 2015 Por:

"Entendiendo la intención de aportar del señor Fiscal y el oportunismo que se esconde detrás de la propuesta de la séptima papeleta, hay que reconocer que esas palabras crean confusión, en momentos en que la negociación con las Farc atraviesa circunstancias definitivas".

Cómo cumplir el compromiso del presidente Juan Manuel Santos con los colombianos sobre su aprobación del posible acuerdo que se logre con las Farc en la mesa de negociación de La Habana, es la inquietud que se tomó los medios de comunicación en la presente semana. Ante la multitud de opiniones y propuestas, se impone la necesidad de dar claridad de parte del Gobierno, para evitar la confusión que produce más divisiones que puntos de acuerdo en la sociedad.Lo primero por hacer es reconocer que el compromiso del presidente Santos es ante todo de carácter político. Es decir, de acuerdo con la legislación existente, el Primer Mandatario está autorizado para firmar y poner en vigencia cualquier acuerdo, sin necesidad de consulta popular alguna. También debe quedar claro que los acuerdos no pueden llevar a una Asamblea Constituyente, como reclaman las Farc, porque ello no es una consulta a la Nación si no un procedimiento para cambiar la Constitución, algo que, por lo menos hasta ahora no es el propósito de la negociación.En esas condiciones, se debe aclarar qué tipo de consulta es la que quiere el Gobierno Nacional, y cuál acordará con el grupo guerrillero. Lo que excluye el recurrir a una séptima papeleta como la que originó la Constitución de 1991, que en su momento destrabó la necesidad de hacer cambios que eran imposibles por la rigidez en la Corte Suprema de Justicia de entonces. En ella definieron la forma de las reformas constitucionales y consultas populares contenidas en el título XIII de la Norma Suprema, donde no se incluye la referida propuesta.Así las cosas, lo que hay es el compromiso político de permitir a los ciudadanos que expresen su parecer sobre el acuerdo final. Tal es el sentido de la consulta que, de manera sorpresiva, fue descalificada por el Fiscal General de la Nación en entrevista otorgada a un medio radial, en la cual conceptuó como inviable jurídicamente y políticamente inconveniente buscar la ratificación de los acuerdos mediante referendos. Ante ello, el jefe de la delegación oficial en los diálogos realizó una declaración ratificando el compromiso del presidente Santos con la refrendación.“Una refrendación produce una enorme legitimidad que va a ser necesaria para la firmeza y sostenibilidad de los acuerdos”, dijo el doctor Humberto de la Calle, recordando uno de los puntos del acuerdo que dio origen a los diálogos, firmado el 26 de agosto de 2012. Es decir, desde un principio ha sido ese el compromiso. Y nada sería más perjudicial que negar tal posibilidad, ratificada mil veces por el Primer Mandatario ante los colombianos y el mundo.Entendiendo la intención de aportar del señor Fiscal y el oportunismo que se esconde detrás de la propuesta de la séptima papeleta, hay que reconocer que esas palabras crean confusión, en momentos en que la negociación atraviesa circunstancias definitivas. Por eso debe recordarse que la potestad de citar a referendo le corresponde al presidente Santos, quien tendrá que fijar el camino en cumplimiento de su compromiso solemne con la Nación.

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