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A negociar con Nicaragua

Mucho se ha hablado sobre la necesidad de defender el territorio nacional de lo que se ha considerado una decisión injusta que no corresponde a la realidad. La decisión de la Corte Constitucional ha sido interpretada por el Gobierno Nacional como la confirmación de su posición, según la cual sigue vigente el tratado Esguerra- Bárcenas firmado en 1928, donde se establecieron acuerdos con Nicaragua sobre la soberanía de la costa de Mosquitos en el país vecino y el archipiélago de San Andrés y Providencia.

6 de mayo de 2014 Por:

Mucho se ha hablado sobre la necesidad de defender el territorio nacional de lo que se ha considerado una decisión injusta que no corresponde a la realidad. La decisión de la Corte Constitucional ha sido interpretada por el Gobierno Nacional como la confirmación de su posición, según la cual sigue vigente el tratado Esguerra- Bárcenas firmado en 1928, donde se establecieron acuerdos con Nicaragua sobre la soberanía de la costa de Mosquitos en el país vecino y el archipiélago de San Andrés y Providencia.

A la enorme discusión que se ha producido en Colombia por la decisión de la Corte Internacional de la Haya sobre el diferendo limítrofe con Nicaragua, ahora se suma la sentencia de la Corte Constitucional sobre la aplicabilidad del llamado Pacto de Bogotá que, entre otras consecuencias, lleva a la necesidad de negociar un tratado para fijar los límites. En su fallo, la Corte Constitucional declaró ajustada a nuestra legislación la ley 37 de 1961 que aprobó la firma del Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, con la cual Colombia reconoció la jurisdicción de la Corte de la Haya para resolver las diferencias entre los países firmantes. Quiere ello decir que el Pacto de Bogotá sigue vigente, por lo menos hasta cuando se cumplan los trámites que desvincula a nuestro país, de acuerdo con la solicitud presentada por el Gobierno Nacional a raíz del fallo en el cual le entregó a Nicaragua más de 70.000 kilómetros de aguas sobre el mar Caribe que antes eran colombianos. Pero la sentencia también declaró que el fallo de la Corte Internacional de Justicia no es aplicable en Colombia por cuanto no puede definir los límites de nuestro país, puesto que la única manera de hacerlo en este largo y desafortunado episodio, es aplicando el artículo 101 de nuestra Carta Fundamental. Es decir, celebrando un tratado con Nicaragua que así lo consagre, sin especificar si el Gobierno Nacional debe y puede acoger la decisión del Tribunal de La Haya. Tratado que por lo demás, debe ser aprobado por el Congreso de la República.Aunque las interpretaciones son variadas, resalta la que respalda la posición del Gobierno, de no aplicar la sentencia del Tribunal Internacional. No obstante, existen sectores que afirman la inexistencia de contradicciones, toda vez que la decisión de la Corte de la Haya definió el fondo de la controversia y dejó como obligación la realización de los trámites necesarios para convertir su decisión en hechos concretos. Lo cual significa que el siguiente paso debe ser un tratado bilateral.Mucho se ha hablado sobre la necesidad de defender el territorio nacional de lo que se ha considerado una decisión injusta que no corresponde a la realidad. La decisión de la Corte Constitucional ha sido interpretada por el Gobierno Nacional como la confirmación de su posición, según la cual sigue vigente el tratado Esguerra- Bárcenas firmado en 1928, donde se establecieron acuerdos con Nicaragua sobre la soberanía de la costa de Mosquitos en el país vecino y el archipiélago de San Andrés y Providencia.Pero eso no es todo. Así se escuchen voces que reclaman un triunfo en la sentencia de nuestro máximo Tribunal, la Corte Constitucional llegó al mismo punto de la Corte Internacional: tarde o temprano, Colombia tendrá que negociar un nuevo tratado con Nicaragua que resuelva las diferencias. Cabría agregar que en ese tratado deben tenerse en cuenta la historia y los intereses de quienes habitan la región objeto de controversia. Además, eso es lo que aconseja nuestra tradición de país respetuoso del ordenamiento jurídico internacional.

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