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¿Todo el poder para Santos?

El 2 de octubre, cuando se decida si se apoya (o no)...

19 de septiembre de 2016 Por: Pedro Medellín

El 2 de octubre, cuando se decida si se apoya (o no) el Acuerdo entre el gobierno y las Farc, también se estará aprobando (o no) el que puede ser el más peligroso ‘manotazo’ que se le pueda dar a las instituciones del país. Con su voto, los colombianos le pueden estar dando vida al Acto Legislativo 01 de 2016, que faculta al Presidente de la República para “expedir los decretos con fuerza de ley cuyo contenido tendrá por objeto facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” (Art. 2 Transitorio).Pese a que el mismo artículo prohíbe al Presidente utilizar esas facultades para “expedir actos legislativos, leyes estatutarias, leyes orgánicas, leyes códigos, leyes que necesitan mayorías calificada o absoluta para su aprobación, ni para decretar impuestos” (Art. 2 Transitorio), la prohibición es solo de fachada.En efecto, en el Art 1 (Transitorio), se establece un “procedimiento legislativo especial para la paz” para que el Congreso tramite los proyectos de ley y de Acto Legislativo que se requieren para implementar los acuerdos de una manera rápida. Eso sí, el gobierno es el único que tiene la iniciativa para presentar o no los proyectos de reforma que en su opinión se requieren. También es el único que puede “autorizar” los cambios que se les ocurra a los congresistas en los debates. Sin ese aval no hay reformas. Como quien dice, por una parte, se cierra la puerta al Presidente, pero -por otra- se le abre a su gobierno. El problema es que, en nombre de la paz, se le confieren al Presidente facultades que lo ‘habilitan’ para reformar las instituciones, sin límites. ¿Qué tal que a Santos se le ocurra aceptar las recomendaciones de “romper la regla fiscal” o “financiar monetariamente al Gobierno central” (es decir, emisión)?, como se lo están sugiriendo sus consejeros. ¿Qué pasaría con la economía del país?Pero el verdadero riesgo está en que el Acto Legislativo entrará en vigencia al momento en que gane el Si (Art. 5), dando un ‘manotazo’ a la institucionalidad política, jurídica y económica del país:Primero, porque profundiza aún más el desequilibrio de poderes, al despojar al Congreso (así sea temporalmente) de su función natural de legislar, al momento en que el gobierno asume exclusivamente la iniciativa para presentar los proyectos de ley o de acto legislativo que se requieran, así como la facultad de aprobar previamente cualquier cambio que los congresistas quieran introducir a las reformas;Segundo, porque desvirtúa el carácter democrático que rige a nuestro régimen político en el momento en que, al establecer el control constitucional automático y único, le quita a los ciudadanos la facultad de recurrir a la acción pública de inconstitucionalidad, para evitar cualquier desvío constitucional o prescindir de la tutela cuando los ciudadanos crean que las reformas afectan derechos individuales o colectivos de sus compatriotas;Y tercero, porque el Acuerdo Final, no sólo transgrede los estándares establecidos por la legislación en la materia (los temas de tierras, desarrollo agrícola, narcotráfico o participación política, no pueden ser objeto de acuerdo especial), sino que también rompen por completo el orden constitucional del país, al incorporar en la Carta Política de 1991, las 297 páginas del acuerdo.Claro que para lograr el fin de las Farc hay que pagar un precio elevado. Pero no cualquier precio. Y sobre todo un gobierno que ya demostró con su campaña del plebiscito, que no tiene demasiados problemas para pasar por encima de la sentencia de los jueces, especialmente la Corte Constitucional. El camino hacia la paz es demasiado complejo, como para dejarlo sólo en manos del presidente Santos.