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¡Qué viva WikiLeaks!

Al australiano Julian Assange, fundador de WikiLeaks, la web que puso en...

12 de diciembre de 2010 Por: Patricia Lara

Al australiano Julian Assange, fundador de WikiLeaks, la web que puso en jaque a la primera potencia mundial por divulgar comunicaciones sostenidas entre diplomáticos estadounidenses y el Departamento de Estado, podrán encarcelarlo, como lo han hecho hasta ahora, por intento de violación, acoso sexual, sostener relaciones íntimas sin usar condón, o por algo similar. ¡Pero jamás por atentar contra el derecho a suministrar o a recibir información, tan sagrado para quienes creemos y defendemos la democracia y su pilar fundamental: la libertad de expresión!Como bien lo dijo el Presidente Lula de Brasil, quien con su homólogo ruso, Vladimir Putin, se solidarizó con Assange, “en vez de culpar al que divulgó los cables diplomáticos”, deben culpar “al que escribió la tontería.” Es más, el malo del paseo es el que le suministró la información reservada a WikiLeaks. Pero jamás Assange que cumplió con su deber de informar a la opinión.De hecho, en 1996, cuando María Elvira Bonilla dirigía la revista Cambia16 Colombia, y yo la presidía, interpusimos, por conducto del abogado Juan Manuel Charry, un recurso de reposición ante la Corte Suprema de Justicia por una providencia contra la revista por supuesta violación de la reserva sumarial, a raíz de nuestra publicación, en épocas del Proceso 8.000, de la indagatoria al ex senador Rodrigo Garavito. Y Charry ganó el recurso en favor de Cambio16, entre otros, con estos argumentos: 1) La libertad de información no sólo es un derecho fundamental individual, sino una institución política, que comprende el derecho de la comunidad a estar informada, y que tiene una posición preferente en relación con los demás derechos. 2) La actividad periodística goza de especial protección, con lo cual se refuerza su prevalencia frente a otros derechos. 3) La prohibición de censura impide a las autoridades obstruir o limitar la libertad de información y prensa. 4) En las actividades estatales la regla general es que los documentos son públicos, y sólo se exceptúan las reservas de ley. 5) Es violatorio de la presunción de inocencia y del debido proceso, atribuir responsabilidad por el solo hecho de publicar una decisión sujeta a reserva. 6) No obran pruebas de la responsabilidad, -dolo, culpa o preterintención-, de la Directora de Cambio 16, ni de la periodista, ni de ninguna otra persona o entidad. “Por todo lo anterior, me permito reiterar”, -afirmó Charry,- “mi solicitud de revocatoria de la sanción a la actividad periodística y la exoneración de toda persona de cualquier responsabilidad por violación a la reserva sumarial en este caso concreto. La Corte... se encuentra ante la posibilidad de sentar un precedente que determine el alcance de la libertad de prensa y su función legitimadora en un sistema democrático y participativo, ante excepcionalísimas circunstancias de incertidumbre y duda sobre algunos de los más altos funcionarios del Estado; o, por el contrario, imponer un rigor formal que silencie los medios de comunicación, cuando el país hoy más que nunca necesita conocer sus verdades más profundas, sin consideración a lo duras que éstas puedan resultar”.Y en el caso de Assange y de sus filtraciones de WikiLeaks, el asunto es aún más evidente, pues no se trata de la violación de un sumario sujeto a reserva, sino del suministro al mundo de unas informaciones fundamentales y deliciosas de saber. Así que ¡viva WikiLeaks!