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Nuestra justicia

¿Cuál justicia preferimos? Con seguridad no la derivada de la sharía, vigente...

14 de mayo de 2012 Por: José Félix Escobar

¿Cuál justicia preferimos? Con seguridad no la derivada de la sharía, vigente en los países islámicos y regentada en su aplicación por clérigos más o menos fanáticos. Tampoco la justicia imperante en China, que puede definirse como una agencia más del partido político dominante. Ciertamente a los colombianos no nos gusta la justicia parcializada diseñada por el criptodictador ecuatoriano Rafael Correa, ni la implantada por Hugo Chávez en Venezuela, triste país en el cual a la diosa Temis le cambiaron su noble espada por una cachiporra para golpear a los adversarios del Gobierno. Nuestra Justicia tiene defectos, como cualquier invención humana, pero cuenta con una estructura ideológica republicana, garantista y enemiga de las propensiones al absolutismo. La reforma que está a punto de ser aprobada en el Congreso no variará muchas cosas —como casi todo lo que las democracias logran por consenso— pero ratificará los lineamientos básicos del Poder Judicial. Hay en el Gobierno, en el Congreso y en las Cortes que han apoyado el proyecto (con lamentables vacilaciones, hay que reconocerlo) el deseo de erradicar los vicios que explotaron en el ya extinto Consejo Superior de la Judicatura y de lograr hasta donde ello sea posible la celeridad en los procesos.Es preciso recordar que fue el propio Consejo de Estado quien promovió el trámite del nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (ley 1437 de 2011) cuya entrada en vigor es inminente. El Código suprime actuaciones, recorta términos y reduce los procedimientos a unos pocos. Sin desconocer las garantías fundamentales de forzosa observación, esta nueva codificación no duda en afirmar que su mira central es la protección del ciudadano en sus relaciones con las autoridades.Por cierto, no es labor de los ciudadanos en una democracia la de sentarse a criticar. Este es un asunto de todos. Los enormes índices de congestión judicial corresponden a la alta conflictividad existente en la sociedad colombiana. En pocos países del mundo confluyen un conflicto interno contra insurgentes armados, múltiples estructuras dedicadas al tráfico de drogas, urbanización sin control y a la fuerza, vastas capas de la población convencidas de que los bienes públicos son por esencia apropiables. La base de la congestión judicial está en la complejidad de las relaciones colectivas. Sin duda ninguna.Por ello los estamentos dedicados al análisis del fenómeno de la sobrecarga judicial aconsejan que haya cada vez menos juicios para que se logre la entera dedicación de los jueces a la solución de los conflictos por esencia complejos. Más jueces (o más horas-juez) y menos juicios. En la base del acceso a la Justicia deben tamizarse las causas para que sólo suban al estudio de los jueces los conflictos enconados y difíciles. Bienvenida la ampliación del campo de acción de los jueces de paz, de los conciliadores, de las autoridades de policía, y ahora la de notarios y abogados: en estos esfuerzos preventivos radicará la solución a la congestión de los despachos judiciales.

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