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El derecho, otra víctima

En agosto pasado el Congreso de la República profirió la ley 1996, que de un tajo volteó patas arriba el viejo y comprobado sistema de las guardas de los incapaces.

6 de octubre de 2019 Por: Vicky Perea García

Se creyó que la entrada en vigor de la Constitución de 1991 significaría una puesta al día de nuestras instituciones jurídicas y políticas, tras los ciento cinco años de vigencia de la Carta de 1886. En efecto, la Constitución de 1991 ratificó la existencia de nuestro Estado Social de Derecho, reconoció las diversidades étnicas, religiosas y culturales del país, y creo nuevas Cortes y organizaciones de control. Pero en esencia la estructura institucional de Colombia se mantuvo.

El desorden comenzó con la ley 142 de 1994, o estatuto de los servicios públicos. La Constitución dijo claramente que la responsabilidad en la prestación de los servicios públicos era una atribución propia de los alcaldes, dentro de sus respectivas jurisdicciones. Por excepción, un grupo de municipios colindantes podían acometer conjuntamente el emprendimiento de asegurar la prestación de los servicios públicos.

Pero dos municipios, Bogotá y Medellín, entendieron por vía interpretativa que el negocio de la prestación de los servicios públicos era de ellos, sin respetar ni el espíritu ni la letra de la Carta de 1991. Fue así como surgieron emporios como EPM y ETB. En las épocas gloriosas estas grandes compañías han venido distribuyendo sus utilidades en sus respectivas ciudades. Pero cuando la suerte se volteó y EPM se metió en el atolladero de Hidroituango, surgen voces que reclaman el apoyo de toda la nación para soportar las eventuales pérdidas del conglomerado antioqueño.

Pasó un tiempo y las circunstancias políticas generaron la idea de una reelección presidencial. Un importante hombre de negocios, Fabio Echeverry Correa, justificó este viraje constitucional diciendo que el problema se concretaba en el cambio de “un articulito”. No se tuvo en cuenta que en la arquitectura estatal diseñada en 1991, el juego de controles y balances entre las instituciones era esencial. Por ello la malhadada reelección ya desapareció de nuestro escenario.

El campeón de las interpretaciones tendenciosas y desajustadas fue, sin duda, el expresidente Juan Manuel Santos. Para obtener sus metas políticas incrustó en nuestro orden constitucional figuras foráneas como el Fastrack en el trámite de las leyes. Santos se inventó un plebiscito pero al final sus resultados adversos no fueron integralmente respetados. Y para regularizar la situación de trece mil insurgentes, edificaron una Jurisdicción Especial para la Paz, cuyo funcionamiento no para de generar dudas.

El clima de inobservancia rigurosa de los principios e instituciones jurídicas no ha mejorado. En agosto pasado el Congreso de la República profirió la ley 1996, que de un tajo volteó patas arriba el viejo y comprobado sistema de las guardas de los incapaces. Ante semejante descalabro, no sorprende que las ponentes en la Cámara de Representantes hubieran sido las honorables Angélica Lozano y Juanita Goebertus…

Para juzgar el tamaño del desaguisado, el Congreso decidió en la ley 1996 declarar que los incapaces si son capaces. Y manifiesta su desconfianza en la ayuda que desde siempre han prestado a los incapaces sus familiares más cercanos, para preferir la inminente creación de un cuerpo estatal de apoyadores. Solo queda esperar que la ministra de Justicia, la respetada jurista Margarita Cabello Blanco, promueva cuanto antes la suspensión de la entrada en vigor de esta desafortunada ley.

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