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La eficacia de la Justicia

Por cuenta de Ricaurte, Palacino y Mondragón hay furia nacional y estamos discutiendo cómo evitar que haya libertades por vencimiento de términos en los procesos penales de ‘connotación’.

25 de agosto de 2019 Por: Vicky Perea García

Por cuenta de Ricaurte, Palacino y Mondragón hay furia nacional y estamos discutiendo cómo evitar que haya libertades por vencimiento de términos en los procesos penales de ‘connotación’. Otra vez se señala a los defensores y otra vez los políticos, incluido el presidente, anuncian reformas para ampliar los términos de la detención preventiva, aunque la causa real no es el ejercicio abusivo de la defensa o la corrupción judicial, así de eso también haya.

El problema está en la incapacidad de la Justicia de hacer audiencias concentradas y la irracionalidad técnica de las investigaciones de la Fiscalía. Reformar la ley para ampliar los términos de la detención preventiva solo será darle más tiempo a la Fiscalía para chapucear en los casos emblemáticos porque como dice la segunda epístola de Pedro: “El perro vuelve a su vómito y la puerca lavada a revolcarse en el lodo”.

Desde 1987 hay un baremo para la libertad de las personas detenidas: 120 días sin ser acusada o seis meses cuando acusada no se hubiera hecho el juicio, en total diez meses, una atrocidad. Desde entonces el problema se ha querido resolver colando excepciones en retazos normativos, como duplicar los plazos si son tres o más procesados o delitos, o se trata de ciertos delitos, con lo que la detención sin juicio finalizado podría durar hasta 20 meses. Luego se añadieron normas vagas, como la que permite descontar del término de libertad los vencimientos por ‘causas imputables’ a la defensa y así se niegan libertades si la defensa ha interpuesto una apelación que es un recurso previsto en la ley para usarlo.

Hay jueces que niegan libertades descontando días de mora judicial. La ley dice que las apelaciones deben decidirse en diez días, pero en la realidad tardan meses en casos difíciles y esa incapacidad de los jueces de cumplir los términos se usa para negar libertades porque empezó en una apelación de la defensa. Conozco jueces que cuentan los términos de vencimiento en días hábiles desconociendo la ley que dice que son corrientes o descuentan las vacaciones colectivas y los paros de la rama Judicial.

Colombia ha sido censurada en informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos porque hay un abuso en la detención preventiva que ya no es excepcional ni urgente sino norma regular, aplicada en un sistema de juzgamiento que no garantiza la regla de concentración de las audiencias, es decir varias en días sucesivos hasta terminar el juicio con dedicación exclusiva de los jueces; en vez de eso hacen decenas de otros juicios y atienden tutelas. La demora de los procesos a hecho que la Justicia se elitice porque los abogados están vinculados por años a un caso y muy pocas personas pueden asumir el costo que eso representa.

La idea original era esa, ‘americanizar’ el trabajo judicial para resolver rápido casos muy complejos y peligrosos como el del ‘Chapo’ Guzmán que duró cinco meses en juicio y tres después hubo sentencia. Casos medianos terminarían en unas diez jornadas y ese sería el tiempo que abogados y fiscales tendrían que dedicar. Y un caso complejo como el de Interbolsa duraría unos meses en vez de los seis años que lleva.

No hay espacio para comentar otras aristas, pero seguro habrá motivo en el futuro, por aquello de la epístola de Pedro y el perro que vuelve a su vómito. Por ahora esperemos que la justa indignación social no termine en una reforma legal para ampliar los términos de detención solo para repetir la tragicomedia sin resolver las causas eficaces que no son la corrupción ni la trampa.

AHORA EN Guillermo Puyana Ramos