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Estabilidad jurídica

Colombia tiene una tradición jurídica que es reconocida por propios y extraños....

18 de enero de 2014 Por: Fernando Cepeda Ulloa

Colombia tiene una tradición jurídica que es reconocida por propios y extraños. Tuvimos una Constitución que duró 105 años. Es cierto que el artículo 121 permitió adoptar normas por fuera del Congreso, en numerosas ocasiones en virtud del Estado de Sitio. Pero no apelamos como nuestros vecinos en esta región a los golpes de Estado frecuentes, en veces disfrazados de revolución. Se habla de “alcaldadas” pero no las recordamos, tal vez porque no fueron significativas.La Constitución del 91 superó la legislación propia del Estado de Sitio, no obstante que el país confrontaba formidables amenazas al orden constitucional (guerrillas, paramilitares, crimen organizado, carteles de la droga, etc.). Y dados los fenómenos de cooptación y corrupción en diferentes niveles del Estado, le otorgó poderes exorbitantes a los organismos de control y, además, les dio independencia.La postguerra fría encontró en Colombia un lugar privilegiado para la inversión extranjera gracias a las instituciones del 91 y a la tradición jurídica colombiana. El ‘rule of law’, o sea el imperio de la ley, se convirtió en un requisito indispensable para aquellos países que quisieran contar en el concierto de las naciones y jugar ventajosamente dentro del nuevo modelo económico. Colombia estaba en un lugar privilegiado. El Banco Mundial, el Interamericano, la CAF, la AID, la Unión Europea invirtieron enormes recursos en propagar el imperio de la ley en muchos países. Colombia era un ejemplo para exhibir. La Corte Constitucional, un modelo de jurisprudencia progresista y seriedad y una fuente respetada para la enseñanza del Derecho Público en muchas universidades de primera línea. Estabilidad y seguridad jurídica son equivalentes de un Estado de Derecho serio y creíble. Ello permite que la ciudadanía, nacional y extranjera, que los ahorradores y los inversionistas sepan a qué atenerse. Hay un margen para la interpretación de la normatividad, hay ajustes y cambios en la jurisprudencia y posibilidad de reformas de la legislación. Un sistema jurídico de esta naturaleza es ante todo predecible. Max Weber, el eminente sociólogo alemán, explicó así el origen del capitalismo en Occidente y su ausencia en otras regiones. Es que la estabilidad jurídica le da certezas al inversionista. El espectáculo de incertidumbre resultante de las leguleyadas llevadas al extremo y de los intentos de manipulación del sistema jurídico con ocasión de la destitución del alcalde Petro le han hecho un daño enorme a las instituciones y a la tradición jurídica de Colombia. Es urgente recuperar los principales elementos de nuestra tradición jurídica que parece haber sido echada por la borda. Es hora de recordar cómo Álvaro Uribe Vélez aceptó, sin vacilar un segundo, la decisión que prohibió su segunda reelección no obstante tener el respaldo de las mayorías en el Congreso y bien probable de la opinión pública. Juan Martín Caicedo hizo lo propio y sufrió la infamia de una detención injusta. Hay muchísimos más casos, miles. Esos son los ejemplos que hay que recuperar. No se le puede hacer el juego ni siquiera mediático a un comportamiento que desconoce nuestra tradición al abusar hasta el extremo del sistema de garantías jurídicas.

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