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Histórico fallo

No podía quedarme sin comentar esta noticia que, aunque fue publicada hace...

22 de mayo de 2013 Por: Alberto José Holguín

No podía quedarme sin comentar esta noticia que, aunque fue publicada hace 13 días, de trillada no tiene nada pues es tanta su trascendencia que es como si estuviera fresquita. En un increíble e histórico fallo, la Corte Constitucional decidió que a partir del primero de julio próximo ningún congresista o magistrado podrá pensionarse con más de 25 salarios mínimos mensuales, equivalentes en números redondos a 14 millones 600 mil pesos.La valerosa actitud de la Corte pone punto final a una vagabundería, palabra que tiene como una de sus acepciones, según el Diccionario de la Real Academia Española, la de “acción que implica corrupción o tráfico de influencias”. Y es que no se puede calificar de otra manera por dos motivos. En primer lugar porque, como desgraciadamente se volvió costumbre en Colombia, los congresistas, al legislar, lo hacen en su propio provecho, hasta el punto de que, con contadas excepciones, nadie va al Congreso a servir a la Patria sino a beneficiarse económicamente; este es uno de los principales motivos del desprestigio de sus dos Cámaras. Y en segundo lugar porque es incomprensible que el Acto Legislativo número 01 de 2005 que debió entrar en vigencia en 2010 y que fijó dicho tope pensional, viniera a ser cumplido sólo ocho años después, ya que antes no le pararon bolas cientos de congresistas y magistrados y los entes de control del Estado, ninguno de los que hizo nada para acabar con este absurdo.Lo anterior adquiere visos de escándalo si le agregamos datos como estos: a) obtener la pensión de jubilación es un martirio, un verdadero calvario, para los ciudadanos del común que, por haber trabajado toda la vida, tienen la edad y las semanas necesarias cotizadas, pero al tramitarla encuentran que sus datos laborales rara vez aparecían cuando los manejaba el ISS y siguen embolatados ahora que los maneja Colpensiones; b) esos colombianos se jubilan con el 70% del sueldo promedio de los últimos 10 años, mientras los congresistas y magistrados lo hacen con el 75% de su último ingreso mensual, o sea que se les computa el sueldo más las distintas primas, gastos de representación y demás prebendas; c) los congresistas, por ejemplo, tienen un sueldo de $5.623.000, pero además reciben $9.996.000 por gastos de representación, $1.562.000 por prima de salud y $6.074.000 por prima de vivienda, lo que suma $23.255.000; d) los congresistas son pagados todo el año, hasta en los meses en que no trabajan porque el Congreso está en receso; e) hay excongresistas que, a pesar de haber sido condenados por distintos delitos, reciben pensiones superiores a los $19 millones mensuales, entre ellos Alberto Santofimio, Mario Uribe, Miguel Pinedo, César Pérez, Teodolindo Avendaño, Carlos Herney Abadía y Álvaro Araujo; es cierto que no hay una ley que impida a los excongresistas condenados recibir sus pensiones, pero la moral bien entendida debería estar por encima de la ley; f) los colombianos que logran pensionarse son pocos y de ellos el 42% sólo recibe $589.500 al mes.Para que esta excelente noticia tenga un final feliz, es necesario que ninguno de los llamados ‘padres de la patria’ afectados por ella, empiece ahora a buscar argumentos y poner tutelas para conseguir su derogación o nulidad. Es indispensable que uno de los fallos más importantes de los últimos años siga vigente, para bien de la justicia colombiana.