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Juez ratifica medida de aseguramiento contra Luis Carlos Restrepo

Restrepo es procesado por los delitos de peculado por apropiación, concierto para delinquir, fraude procesal y tráfico de armas.

30 de julio de 2012 Por: Elpaís.com.co

Restrepo es procesado por los delitos de peculado por apropiación, concierto para delinquir, fraude procesal y tráfico de armas.

Este lunes, el juez tercero de conocimiento dictó medida de aseguramiento y orden de captura internacional contra el excomisionado de paz, Luis Carlos Restrepo por la falsa desmovilización del 'Cacica Gaitana' de las Farc, en marzo de 2006. El administrador de justicia señaló que Restrepo conocía todo lo relacionado con los hechos que contribuyeron al detrimento patrimonial del Estado en más mil millones de pesos y nunca fue engañado. Además indicó que se le debe sumar que no ha comparecido al proceso."El excomisionado conocía todo lo relativo a la falsa desmovilización y nunca verificó los hechos, aún cuando tenía el soporte de inteligencia militar para hacerlo (…) solo se revocará la medida por el delito de peculado por apropiación, por considerar que no hay inferencia razonable a su participación en lo referente a la autoría. Despacho en lo que tiene que ver con los otros delitos confirmará la decisión del juez 62 penal de garantías de Bogotá" , puntualizó la decisión.El magistrado resaltó que el deber del excomisionado era verificar todo lo que ocurriera en desarrollo de los hechos que llevaron a que los supuestos guerrilleros, entregaran sus armas en Alvarado, Tolima en 2006.“La funciones de Restrepo se enmarcaban en verificar la voluntad de paz de los grupos armados al margen de la ley (…) Una actividad como la de una desmovilización colectiva fraguada, como la de ‘Cacica la Gaitana’ no podía realizarse sin que el excomisionado tuviera conocimiento de la misma y finalmente la impulsara (…) no hay lugar a duda que Restrepo participó de los conductas que se le señalan” , indicó el juez.Respecto a la salida del país del exfuncionario del gobierno de Álvaro Uribe, el juez señaló que es deber de todo ciudadano acudir a la audiencia de imputación cuando sea requerido, situación que impulsa aún más la medida.“Restrepo salió del país con rumbo a Nueva York el 8 de enero del 2012. Si bien es cierto como dice la defensora (Mildred Hartmann) que no es obligación asistir a las audiencias sean de garantías o de conocimiento, también es un deber. Tanto así que cuando no se acude a la audiencia de imputación se declara la contumacia. Estas dos situaciones: la salida del país y la declaratoria de contumacia, aunado a no asistir a las audiencia y a que los delitos son bastante graves nos está indicando que nos encontramos ante los requisitos contemplados para dictar la medida de aseguramiento”, indicó.El juez también se refirió a si se debía retirar la medida de aseguramiento en contra del guerrillero desmovilizado, Raúl Agudelo Medina, alias 'Olivo Saldaña', a lo que determinó negarla por ser considerado el 'cerebro' de la desmovilización. Así las cosas, continuará en la cárcel por estos hechos."Es evidente que Agudelo tiene toda la capacidad de volver a incurrir en las conductas por las que se le señala. Estaríamos ante un evidente peligro para la sociedad", señaló el juez.Las diferentes decisionesTodo inició el pasado 23 de febrero cuando la juez 62 de garantías dictó medida de aseguramiento contra del excomisionado para la paz, Luis Carlos Restrepo y Raúl Agudelo Medina, alias 'Olivo Saldaña'.En ese entonces la defensa y la Procuraduría apelaron la decisión. Posterior a esto en segunda instancia la juez 45 de conocimiento decidió revocar la medida de aseguramiento en contra de los dos procesados, determinación que fue tumbada por el Tribunal Superior de Bogotá luego de una acción de tutela interpuesta por los abogados de víctimas.El Tribunal ordenó que se debía repetir la audiencia, lo que generó que lo actuado fuera impugnado por la Procuraduría. Sin embargo, la juez 45 volvió a pronunciarse sobre el particular y ratificó revocar la medida de aseguramiento contra de Restrepo, pero cambió su decisión en cuanto a 'Olivo Saldaña' y mantuvo lo dicho por la juez 62 de garantías.Finalmente, ante la impugnación de la Procuraduría ante lo dicho por el Tribunal, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia anuló la actuación de la juez 45 de conocimiento de Bogotá y ordenó repetir la diligencia con un juez diferente, tal como sucedió este lunes.

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