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Consejo de Estado condenó al Ejército por muerte de dos civiles en zona rural de Cali

El fallo ordena al Ejército excusarse públicamente con los familiares de las víctimas por los malos tratos, la tortura y el posterior homicidio de sus seres queridos en hechos ocurridos en el corregimiento de Villa Carmelo en el año 2000.

22 de febrero de 2016 Por: Elpaís.com.co l Colprensa

El fallo ordena al Ejército excusarse públicamente con los familiares de las víctimas por los malos tratos, la tortura y el posterior homicidio de sus seres queridos en hechos ocurridos en el corregimiento de Villa Carmelo en el año 2000.

El Consejo de Estado condenó al Ejército Nacional por la muerte de Herney Castro Ortiz, un promotor de salud, y de Óscar Orlando Salazar, un jornalero, en la vereda El Otoño, del corregimiento de Villa Carmelo de Cali, el 17 de mayo de 2000. 

En su pronunciamiento, el ente advirtió que es inconcebible que quienes ostentan la calidad de militares y tienen a su cargo la guarda de la soberanía del territorio nacional y la seguridad de los ciudadanos, sean los encargados de infundir el pánico en la población civil, valiéndose de amenazas y del uso de las armas para vulnerar derechos fundamentales. 

El fallo le ordena al Ejército Nacional ofrecer excusas públicas a los familiares de las víctimas por los tratos crueles e inhumanos, la tortura y el posterior homicidio de sus seres queridos. 

Además, se le conmina a reforzar el sistema de selección e incorporación de su personal, así como los de formación (continua y actualizada) y de seguimiento a los mismos, con el fin evitar que hechos como los relatados se vuelvan a repetir. 

Así fueron los hechos

Uno de los hombres asesinados trabajaba como promotor de salud adscrito a la Secretaría de Salud de Cali. Testigos de los hechos aseguraron que día antes de que se presentara su muerte, cuando regresaban de una misión de servicios, los hombres fueron retenidos por miembros del Ejército y conducidos por la plaza del caserío de Villa Carmelo, con las manos amarradas.

Al día siguiente hallaron sus cuerpos con signos de tortura. 

El promotor de salud era víctima de amenazas por haber solicitado el desalojo del centro de salud de esa localidad que había sido tomado como “edificio comando” por los militares, hecho que fue denunciado ante la Cruz Roja Internacional y la Defensoría del Pueblo, logrando el retiro de los uniformados.

Desde ese momento fue tildado de “doctorcito guerrillero” por el comandante de la unidad. 

El corregidor de Villa Carmelo y los integrantes de la Junta Administradora Local también habían denunciado ante las autoridades competentes los hostigamientos del Ejército Nacional a la población civil como el allanamiento ilegal a las viviendas de los campesinos, así como los “insultos, amenazas, y agravios” al promotor de salud.

La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Carlos Alberto Zambrano Barrera, señaló que actitudes como las asumidas por los militares involucrados en estos hechos no representan de ninguna manera la finalidad de la existencia del Ejército Nacional, la cual es defender la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y el orden constitucional.

“Estas actitudes, por el contrario, dejan en entredicho la imagen de esa institución y la calidad humana de sus integrantes, por culpa de unos desadaptados que se escudan en el uniforme y en las armas oficiales para dar rienda suelta a su criminal instinto salvaje, sin que la institución haga nada para evitar el ingreso a sus filas de esa clase de individuos que la deshonran y la dejan ante los ojos de la gente como su enemiga y su potencial verdugo arbitrario, opuesto por completo al papel que le corresponde en la sociedad”, indica la sentencia.

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