El pais
SUSCRÍBETE
Jueza Norella Acosta Tenorio | Foto: Archivo de El País

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Condenan a 21 años de prisión a Jueza de Buga que expropió el Parador Rojo

Norella Acosta Tenorio fue condenada por el Tribunal Superior de Buga. Detalles de la investigación.

5 de abril de 2019 Por: Redacción de El País Tuluá 

La Fiscalía dio a conocer este jueves que la jueza Norella Acosta Tenorio fue condenada a 21 años de prisión por el Tribunal Superior de Buga por las decisiones irregulares que tomó en el caso de expropiación del Parador Rojo, en esa localidad del Valle. Acosta Tenorio fue hallada responsable de los delitos de cohecho en concurso con prevaricato por acción.

Lea también: Aún no responden por daños en el Parador de la Gelatina en Andalucía, Valle La jueza fue quien aprobó la expropiación del predio, pero le ordenó al Estado pagar $40.000 millones por un bien que no superaba los $3000 millones. Un costo que el Estado no podía asumir pero que tenía que cumplir por un fallo judicial que se sustentó en peritajes ilegales, según dijo en su momento la Fiscalía. La exfuncionaria deberá cancelar una multa de 1.012 salarios mínimos legales mensuales vigentes y por 20 años quedará inhabilitada para ejercer sus derechos y funciones públicas. La Fiscalía demostró que la hoy sentenciada incidió al momento de hacer el avalúo de dicho predio causando un detrimento patrimonial al Estado, en este caso, al Instituto Nacional de Concesiones (Inco) ahora Agencia Nacional de Infraestructura. Durante la investigación adelantada por la Fiscalía se pudo establecer que la servidora pública había recibido dos coimas de $ 30 millones de pesos, cada una, con el fin de cubrir unos gastos dentro del proceso de expropiación que adelantaba el Inco. De la misma manera, se estableció que negoció la entrega del 15% del total del avalúo que se llegare a acoger como definitivo. Asimismo, se estableció que Acosta Tenorio mantenía permanente contacto con uno de los propietarios del bien inmueble a quien le informaba, no sólo de las actuaciones y decisiones que se adoptaban en el proceso, sino también de todas las contingencias sucedidas y la forma de proyectar estrategias tendientes al logro de su objetivo, que no era otro que acoger, como definitivo, un avalúo ilegal.

AHORA EN Judicial