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24 mil agentes del Estado se beneficiarían de justicia transicional, dice vicefiscal

El vicefiscal explicó que estos agentes del Estado, entre los que se encuentran militares, policías, entre otros, tendrán que cumplir una serie de requisitos si quieren recibir los beneficios establecidos en dicha jurisdicción.

21 de diciembre de 2015 Por: Elpais.com.co | Colprensa.

El vicefiscal explicó que estos agentes del Estado, entre los que se encuentran militares, policías, entre otros, tendrán que cumplir una serie de requisitos si quieren recibir los beneficios establecidos en dicha jurisdicción.

El vicefiscal General de la Nación, Jorge Fernando Perdomo, reveló que más de 24.400 agentes del Estado podrían beneficiarse de la Jurisdicción Especial de Paz. Todas estas personas están relacionadas con un total de 10.400 casos de procesos que tienen que ver con el conflicto, de los cuales 3.500 están en curso. De esas 24.400 personas, 12.900 están siendo investigadas y procesadas; y 11.610 tienen ya decisión sobre su situación ante la justicia militar, por lo que podrían pedir revisión ante esta justicia especial. El vicefiscal indicó que de ese universo de casos, 2.208 casos corresponden a los denominados 'falsos positivos' y contemplan 3.185 víctimas. A esto se suman 357 sentencias por estos crímenes que cobijan a 610 personas condenadas miembros de la Fuerza Pública que podrían cobijarse con la Justicia Especial. Perdomo dijo que la posición de la Fiscalía es que los casos objeto de revisión no deben ser por capricho sino por hechos certeros como la posibilidad de cambiar la tipificación de conducta, es decir, que se cambie el delito por el cual fueron condenados. “Haber negado durante 8 años la existencia del conflicto armado en Colombia fue haberle negado a los militares la posibilidad de utilizar el correcto marco jurídico para resolver sus casos”, dijo. El vicefiscal señaló que cuando se trate de delitos menores o no representativos, es posible que se aplique mecanismos para la terminación anticipada de los procesos o la suspensión de la ejecución de la pena, siempre y cuando, la persona actúe en la integralidad del sistema y cumpla con todos los requisitos de verdad, justicia y reparación para que haya toda seguridad de que los casos no se reabrirán a futuro. En ese sentido, bajo los parámetros del Derecho Internacional Humanitario, algunas conductas no serían catalogadas como delitos si cumplieron con los principios de precaución, entre otros. Perdomo explicó, igualmente, que por el hecho de ser superior jerárquico, un alto mando militar no será responsable de las conductas de sus subalternos, a menos que estos hayan infringido por acción y omisión los deberes de protección a los ciudadanos, el deber de tomar control sobre la tropa y evitar delitos como los 'falsos positivos', entre otros. “Se quiere probar que se ha infringido la posición de garante institucional que tienen los miembros de la Fuerza Pública. Por eso, la autora mediata en los aparatos organizados de poder deberá ser estudiada correctamente y se deberá tener en cuenta el dolo”, dijo Perdomo. Esto permitiría que casos de resonancia como el Holocausto del Palacio de Justicia y la Masacre de Mapiripán podrán ser objeto de la Jurisdicción Especial para la Paz. El vicefiscal Perdomo calificó positivamente el acuerdo de justicia y estimó que quienes consideraban que iba a facilitar la impunidad “se quedaron con los crespos hechos y viendo un chispero” porque habrá verdad judicial y en la Comisión de la Verdad, así como reparación a las víctimas. Perdomo dijo que todavía hace falta especificar cómo será la diferencia entre sanciones aplicadas a militares y las aplicadas a guerrilleros. 

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