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Tras aprobación en Congreso, ley estatutaria de salud pasa a revisión constitucional

En la ley estatutaria se destaca la eliminación del paseo de la muerte y la objeción de conciencia para negarse a realizar procedimientos médicos. Conozca otros puntos del texto conciliatorio.

20 de junio de 2013 Por: Elpais.com.co | Colprensa

En la ley estatutaria se destaca la eliminación del paseo de la muerte y la objeción de conciencia para negarse a realizar procedimientos médicos. Conozca otros puntos del texto conciliatorio.

Las plenarias de la Cámara y Senado aprobaron este jueves el informe de conciliación de la ley estatutaria que reglamenta la salud como un derecho fundamental. Ahora, el proyecto pasará a revisión de la Corte Constitucional antes de recibir sanción presidencial. El ministro de Salud, Alejandro Gaviria, declaró que si bien la ley no resolverá todos los problemas del sistema de salud del país, es una buena iniciativa con la que eleva la salud como un derecho fundamental, consagra los derechos de los ciudadanos, pero dentro de ciertos límites para evitar abusos. “Nos va a dar la entrada también para la ley ordinaria que estaremos debatiendo el semestre entrante, entonces yo creo que estamos construyendo una nueva institucionalidad unas nuevas reglas de juego para nuestro sistema de salud y sin duda, este es el principio de un mejor sistema de salud para todos los colombianos”, declaró el Ministro. Durante el desarrollo del debate en Cámara de Representantes, surgieron inconformidades de algunos miembros de este organismo que obligó la suspensión del debate por unos minutos. Ésto hizo que fuera necesario especificar, punto por punto, los artículos que fueron acogidos en la conciliación. Los dos puntos sobre los que hubo controversia estuvieron relacionados con la inclusión de la propuesta para regular los medicamentos que en el texto de conciliación tuvo un cambio de redacción que fue necesario aclarar. El otro, hizo referencia a la inclusión de la protección de enfermedades huérfanas. Luego de aclarar las dudas, el debate siguió su curso y la conciliación fue aprobada con 101 artículos a favor y 13 en contra. El ministro del Interior Fernando Carrillo celebró la aprobación de la iniciativa. “Se presentaron dificultades, en todas las conciliaciones hay dificultades pero aquí, por fortuna hay control de la Corte, hay control previo de constitucionalidad porque es una ley estatutaria”, declaró Carrillo y resaltó que como resultado de esta ley se abaratarán los costos de los medicamentos para los Colombianos. Según el autor de esta propuesta, el representante Simón Gaviria, esta medida permitirá un ahorro de dos billones de pesos para el consumidor colombiano. La intervención del Estado en este punto abarcará todos los puntos de la cadena de distribución desde la salida del mayorista como hospitales y EPS, pasando por los intermediarios hasta el consumidor final, de tal forma que sea posible garantizar que efectivamente se bajen los precios de los medicamentos. Éstos deberán ser equiparados con los valores que se manejan a nivel internacional. Los representantes habían suspendido el debate mostrando su inconformidad por el texto presentado, pues para algunos de ellos no están contemplados los aspectos aprobados tanto en Cámara como en Senado como la protección a las enfermedades huérfanas. "Creo que se aceleró Senado al votar porque no revisó bien lo que estaba pasando", declaró la representante Gloria Stella Díaz. Por su parte la representante a la Cámara, Alba Luz Pinilla, denunció un “mico” introducido en la conciliación del proyecto. La ilegalidad se dio en el artículo 23 del texto que se refiere a la política nacional farmacéutica, el cual fue modificado en el texto de conciliación. Según Pinilla "los conciliadores no pueden cambiar la redacción del texto, sino que deben acoger uno de los textos aprobados ya sea en Cámara o en Senado. Igualmente se cambió el espíritu del artículo, ya que se eliminó la protección de los consumidores en la regulación de los precios de los medicamentos, al tiempo que se limitó esa regulación hasta la salida del proveedor mayorista”.También explicó que esto implica que los minoristas tendrían la posibilidad de manejar los precios de los medicamentos sin control. “Esto afecta directamente al consumidor, los minoristas podrían establecer los precios que quieran” señaló Pinilla. Principales puntos de la ley Algunas de las trasformaciones que propone este proyecto en el sistema de salud colombiano, se destaca la eliminación del paseo de la muerte y del argumento de objeción de conciencia para negarse a realizar procedimientos médicos como abortos en los tres casos en los que está despenalizado. “Se está dando una orden perentoria para los Gobiernos de aquí en adelante para el control de precios de medicamentos. Creo que si se interpreta cabalmente se va a acabar con de una vez por todas con el paseo de la muerte, no se necesitan autorizaciones para urgencias vitales”, declaró el ministro Gaviria. A su turno, el senador Armando Benedetti, explicó que, quien se niegue a prestar servicios de salud en salas de emergencia podría enfrentar penas de cárcel entre 3 y 10 años. “Nadie se va a poder negar a prestar el servicio porque no está afiliado, porque esté endeudado o por cualquier otra característica. Si se niega, habrá cárcel para el señor representante legal de la EPS”, explicó el senador. En cuanto a la objeción de conciencia, Benedetti explicó que ningún hospital o médico podrá acogerse a este argumento para evitar la realización de algún procedimiento. De acuerdo con lo que plantea esta ley, no podrán negarse a practicar abortos en los tres casos en los que está despenalizado. A pesar de los logros conseguidos por la ley estatutaria de salud, las grandes discusiones sobre cómo funcionará este nuevo sistema serán debatidos durante el trámite de la ley ordinaria. Algunos de los temas sensibles son la posible desaparición de las EPS, su transformación como gestoras de salud y la posibilidad de tener diferentes tipos de aseguramientos. Para que todo esto sea ley, habrá que esperar a conocer la decisión de la Corte Constitucional.

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