El pais
SUSCRÍBETE
En el primer trimestre del año Cali tuvo 24.127 desempleados más frente a igual lapso del 2019. En total había a marzo 1.198.239 ocupados, pero se teme que la cifra baje considerablemente por la cuarentena. | Foto: Istock / El País

ECONOMÍA

Preocupación en pequeños empresarios: no contarían con la ayuda del Gobierno pese a crisis por Covid-19

Según el decreto 639, que crea el Programa de Apoyo al Empleo Formal, solo podrán acceder las sociedades, los negocios de personas naturales, no.

11 de mayo de 2020 Por: Redacción de El País

El decreto 639 de 2020, que crea el subsidio para la nóminas de las empresas afectadas por la crisis sanitaria en el país, sorprendió a los empresarios, en especial a los más pequeños.

En lugar de estar celebrando, les generó una gran preocupación, dado que la norma dice que “podrán ser beneficiarios del programa las personas jurídicas” que cumplan los requisitos exigidos. Con ello, se deja de lado a las sociedades que se constituyen como personas naturales y que en el país son muchas.

Solo en Cali, el 66% de las empresas registradas en la Cámara de Comercio de la ciudad están inscritas como personas naturales, es decir 66.947 de un universo de 101.370, según datos a diciembre del 2019.

Por ello, Rosmery Quintero, presidente de Acopi, solicitó al Gobierno Nacional que se incluya dentro del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), como beneficiario, a las empresas que se encuentran registradas como personas naturales ante las Cámaras de Comercio y cumplen con la responsabilidad de aporte social y económico de sus empleados.

“De acuerdo con la base de datos de PILA 250.000 de los empleadores aportantes son personas jurídicas, las cuales ofrecen 6.600.000 empleos formales y 300.000 son personas naturales que representan 800.000 empleos formales”, dijo.

Agregó que independientemente del menor número de empleos que representan las personas naturales, son de máxima relevancia, en la medida que tienen una mayor vulnerabilidad estructural.

Al respecto Yitcy Becerra, directora de Acopi, en el Valle, dijo que en el inicio de la pandemia se pidió que el subsidio a la nómina se concentrara entre las micro, pequeñas y medianas compañías. “Luego el Gobierno hizo el anuncio y nos alegramos, pero ahora vemos que se dejó por fuera a las empresas inscritas como personas naturales, que en su mayoría son micros y se favoreció a las grandes organizaciones que son las que más oxígeno tienen”, dijo.

Según los cálculos de la líder gremial, en Cali se estarían beneficiando del auxilio de $350.000 por trabajador, solo el 30 % de las compañías locales.

Le puede interesar: Colombia recibió 500.000 reactivos para procesar pruebas de Covid-19

Sobre el subsidio

Como se recordará el Gobierno Nacional anunció la semana anterior que subsidiará el equivalente al 40% de un salario mínimo de los trabajadores dependientes de las empresas y entidades sin ánimo de lucro que hayan visto reducido sus ingresos en al menos un 20% y que soliciten este aporte.

El programa entregará una ayuda mensual a las empresas afectadas, durante los meses de mayo, junio y julio. El subsidio será canalizado a través del sistema financiero y aunque se esperaba que los dineros fueran consignados después del 15, ahora informaron que a partir del 18 de mayo se empezará a recibir la documentación, de esta forma, se estarán entregando los recursos durante la última semana del mes de mayo.

Carlos Andrés Pérez, director Económico y de Competitividad de la Cámara de Comercio de Cali, expresó que el subsidio a la nómina de las empresas representan un respaldo importante del Gobierno al sector formal de la economía.

Sin embargo, dijo que “se espera que en una segunda fase de esta acción, se cubra también a las empresas formales registradas bajo la figura de persona natural”, dijo.

Para acceder al subsidio se requiere presentar el certificado de existencia y representación legal, la certificación firmada por revisor fiscal o contador sobre el número de empleos formales que se mantendrán y los datos de la disminución de ingresos, a raíz de la pandemia, entre otras cosas.

Se exige que los recursos solicitados y efectivamente recibidos serán, única y exclusivamente, destinados al pago de los salarios de los empleos formales del beneficiario.

Algunas diferencias

La persona natural:
- Puede constituir su empresa y aunque tenga un nombre comercial como, por ejemplo: “Pandebono el Caleño”, declara sus tributos con su nombre y número de identificación tributaria, que es su número de cédula.
- No es responsable del Impuesto a las Ventas, IVA, mientras no supere ventas anuales en el rango de entre $120 millones y $124 millones.
- Tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada todas las obligaciones de la empresa y puede generar uno o muchos empleos.

La persona jurídica:
- La empresa nace como una sociedad que puede ser limitada, anónima o anónima simplificada (S.A.S.).
- Desde el inicio es responsable del Impuesto a las Ventas, IVA, debe contar con Revisoría Fiscal, excepto las S.A.S. Para ellas cuando sus ventas anuales superen los 5.000 salarios mínimos deberá ser auditada por Revisoría Fiscal.
- La responsabilidad es limitada, eso quiere decir que el dueño o los dueños asumen solo de forma limitada las obligaciones de la empresa. Y su constitución requiere más trámites.

AHORA EN Economía