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Estatuto del Consumidor pasó a sanción presidencial

Su autor, el presidente de la Cámara de Representantes Simón Gaviria, dijo que la iniciativa convertirá a Colombia en país pionero en la defensa de los derechos de los ciudadanos.

14 de septiembre de 2011 Por: Colprensa y redacción de El País

Su autor, el presidente de la Cámara de Representantes Simón Gaviria, dijo que la iniciativa convertirá a Colombia en país pionero en la defensa de los derechos de los ciudadanos.

El Estatuto del Consumidor pasó a sanción del presidente Juan Manuel Santos, luego de que la plenaria del Senado aprobó el texto de conciliación que había votada la Cámara de Representantes la semana pasada.Su autor, el presidente de la Cámara, Simón Gaviria, dijo que la iniciativa volverá a Colombia pionero en la defensa de los derechos de los ciudadanos al conseguir la conciliación, la semana pasada, en la Cámara y ayer en el Senado.“El estatuto es un proyecto de una magnitud inmensa; va a volver a Colombia un país pionero en materia del consumidor. Después de 30 años logramos eliminar la publicidad engañosa y garantías mínimas de un año por producto defectuoso”, explicó Gaviria.Entre uno de los puntos importantes aprobados se cuenta que, en adelante, los parqueaderos públicos tendrán que responder por los daños que sufran los vehículos que han sido dejados en dichos sitios.El País explica los principales puntos y bases en los cuales hace énfasis el nuevo Estatuto del Consumidor, y la forma en que se debe reclamar ante las autoridades locales y nacionales.Las garantías serán obligatorias. El tercer título del Estatuto está dedicado a las garantías de los bienes y servicios. En la norma se establece que la garantía legal es obligatoria y en los casos en que el productor no informe adecuadamente el término de la garantía, se presumirá que es de un año. Los bienes de segunda se podrán vender sin garantía, informándole de forma expresa y clara al consumidor; de lo contrario, se presumirá que tendrán tres meses de garantía legal.Daños y perjuicios. La responsabilidad de los proveedores por un bien o servicio defectuoso o daño producido también se mejoró en el Estatuto, aspecto que las autoridades estaban en mora de regular.Esto significa que el proveedor no sólo responderá por el valor del producto, sino también por los costos que genere su afectación a la salud o seguridad del consumidor.También define que el que presta servicios que suponen la entrega del bien (talleres, servicios técnicos o parqueaderos) asume la custodia de los bienes.Se incrementan multas y sanciones. Antes el techo de las sanciones a proveedores era de 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, cifra que pasa a 2.000 salarios mínimos. También cambia el hecho de que la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, será la “autoridad matriz” que regule todo lo concerniente a la protección del consumidor en cualquier área económica. Para ello, La SIC duplicará su nómina de 100 funcionarios de control y vigilancia en todo el país. Denuncias con mayor diligenciaSe establece un procedimiento más ágil y expedito para solucionar los asuntos relacionados con reclamos (deseo del consumidor de que se le devuelva su dinero o se le cambie el producto) y denuncias (interés de que se sancione al proveedor).No más contratos con cláusula abusiva. Esto significa que a partir de ahora se regula la letra pequeña o menuda de los contratos de adhesión. Con esta norma se prohiben las cláusulas abusivas que causaban un desequilibrio injustificado en contra del consumidor. Igualmente se regulan las ventas a distancia.

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