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En agosto se inicia pago de renta, según la Dian

Usted debe declarar si es un empleado o asalariado, es decir, que sus ingresos brutos provienen del 80 % de salarios y demás pagos laborales, y tiene un patrimonio bruto, a diciembre 31 de 2012, mayor a $117.221.000.

5 de julio de 2013 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

Usted debe declarar si es un empleado o asalariado, es decir, que sus ingresos brutos provienen del 80 % de salarios y demás pagos laborales, y tiene un patrimonio bruto, a diciembre 31 de 2012, mayor a $117.221.000.

Las personas naturales y las sucesiones ilíquidas deberán declarar y pagar el impuesto sobre la renta a partir del 9 de agosto hasta el 6 de septiembre, según la Dian. A la hora de declarar y pagar el impuesto sobre la renta debe tener en cuenta las categorías tributarias que se plantearon con la reforma que se realizó el año pasado, la Ley 1607 de 2012. Usted debe declarar si es un empleado o asalariado, es decir, que sus ingresos brutos provienen del 80 % de salarios y demás pagos laborales, y tiene un patrimonio bruto, a diciembre 31 de 2012, mayor a $117.221.000.Debe pagar si usted es un trabajador independiente, es decir, que el 80 % o más de sus ingresos brutos provienen de honorarios, comisiones y servicios. Como empleado o asalariado lo debe hacer si sus ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios durante el 2012 son mayores de $106.098.000. Para los trabajadores independientes el monto es a partir de $85.962.000. También declarará si es responsable del IVA en el régimen común al cierre del año o algún momento dentro del año. Esto aplica para los independientes y los asalariados. Asimismo, debe declarar si sus consumos con tarjetas de crédito durante el 2012 fueron mayores a $72.937.000. y si sus compras y consumos totales en el 2012, sin importar si fueron a crédito o contado y el medio de pago, excedieron de $72.937.000. Estos montos aplican para los independientes y empleados.

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