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Avianca dice que será el Tribunal de Arbitramento el encargado de resolver el lío. | Foto: Colprensa

AVIANCA

¿De cuánto serían las alzas en salarios de pilotos de Avianca?

El Tribunal de Arbitramento planteó 12,75 % para los pilotos y 11,75 % para los copilotos. Expectativas.

13 de diciembre de 2017 Por: Colprensa 

El Tribunal de Arbitramento que convocó el Ministerio de Trabajo para resolver el conflicto laboral de los pilotos de Avianca en cuanto a sus condicionales laborales planteó un alza salarial de 12,75% para los pilotos y de 11,75% para los copilotos en el 2017, el cual será retroactivo al 1 de abril.

Jaime Pinzón, presidente del Tribunal de Arbitramento, explicó también que en el laudo arbitral se acordó que para el segundo año de vigencia de la convención, los salarios se incrementarán en el IPC más 1,50 %, y para el 2019 el incremento se fijará en el IPC más 1,75 %.

En diálogo con Colprensa, Pinzón señaló además que el tribunal negó la propuesta de “conceder tiquetes aéreos de manera ilimitada a los pilotos, ya que era una decisión inequitativa y muy onerosa para la empresa, porque vicepresidentes hay diez y pilotos hay 1380, entonces eso implicaba una decisión totalmente inequitativa para Avianca”.

El Presidente del Tribunal de Arbitramento también manifestó que otros puntos cruciales, como el tema relacionado con el pago de los impuestos y la nivelación salarial con pilotos extranjeros fueron retirados del pliego de peticiones.

Vale la pena recordar que el laudo arbitral permite solucionar el conflicto laboral colectivo entre la aerolínea Avianca y la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac) y aclara el tema salarial hasta el año 2019.

De igual manera, se fijan las nuevas condiciones que van a regir los contratos laborales de los trabajadores pertenecientes a la Acdac, teniendo como punto de partida las propuestas que se hicieron por parte de los pilotos.

¿Pueden haber represalias?

El Tribunal de Arbitramento también incluyó una cláusula “de no represalias que tenía la convención anterior”, debido a la controversia que se generó con los procesos disciplinarios y eventuales despidos de los trabajadores.

“Queremos que el clima laboral vuelva a la calma y que no se vayan a presentar despidos de forma indiscriminada”, resaltó Pinzón.

Ahora, el laudo cuenta con tres días de ejecutoria, a través de los cuales cualquiera de las partes puede impugnar la decisión mediante recurso de anulación parcial o total ante la Corte Suprema de Justicia, que será la encargada de definir finalmente los puntos que sean objeto de inconformidad.

Es de anotar que el laudo arbitral es una providencia que debe ser acatada por cada una de las partes una vez quede ejecutoriada y se convierte en una ‘convención colectiva’, que como todas las convenciones es la que rige las condiciones laborales durante su vigencia para cada una de sus partes.

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