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Colombianos tendrán más ayuda contra el desempleo

Reglamentan esquema de ahorro con cesantías y habrá un seguro temporal a través de las cajas. Aquí les explicamos cómo funcionarán los respaldos a los desempleados.

5 de febrero de 2014 Por: Redacción de El País

Reglamentan esquema de ahorro con cesantías y habrá un seguro temporal a través de las cajas. Aquí les explicamos cómo funcionarán los respaldos a los desempleados.

De ahora en adelante los colombianos que queden sin empleo tendrán dos tipos de respaldo económico. Uno a través del ahorro voluntario de un porcentaje de sus cesantías y el otro será un seguro temporal a través de las cajas de compensación.El primer mecanismo de protección al cesante fue reglamentado a través del Decreto 135 de 2014, el cual comenzó a regir esta semana.La medida se adoptó teniendo en cuenta que hoy la mayoría de los trabajadores retira e invierte sus cesantías en viajes, compra de electrodomésticos y carro, entre otras cosas, y quedan luego sin ese dinero al perder su trabajo.Sobre este último punto, Miguel Largacha, presidente de Porvenir, recalcó que debido al uso poco racional de este beneficio económico “las cesantías no han sido un verdadero seguro de desempleo en Colombia”. El ministro del Trabajo, Rafael Pardo, aclaró que la medida no significa que las cesantías queden congeladas indefinidamente en los fondos privados.El segundo mecanismo que se puso en marcha es el Seguro General del Desempleo, mediante el cual se atenderá a las personas que queden cesantes durante seis meses, siempre y cuando hayan ahorrado cesantías.¿En qué consiste el primer esquema de ahorro?Si usted recibe, por ejemplo, un millón de pesos en cesantías cada año, el Decreto abre la posibilidad de que destine como ahorro entre un 10 % y un 25 % de esa suma, o más. El resto de ese dinero quedará disponible para atender gastos de vivienda o estudio.¿Para quiénes opera? Cobija a todos los trabajadores dependientes, incluidos los remunerados con salario integral y a los independientes que se encuentren afiliados a las cajas de compensación familiar, para que voluntariamente ahorren una parte, o la totalidad de sus cesantías.¿Cómo reporto mi decisión de ahorrar?El trabajador deberá expresar su voluntad por escrito ante el empleador, caja de compensación familiar o fondo de pensiones y cesantías. El decreto prohibe cualquier tipo de coacción al trabajador por parte del empleador,¿Qué beneficio me otorga el Gobierno por ahorrar mis cesantías?Si el trabajador ahorra entre uno y dos años, recibirá un beneficio o aporte monetario por parte del Gobierno que oscilará entre el 10 % y el 20 % del total ahorrado con base en el promedio de los salarios reportados en el último año a la caja de compensación familiar. Si el ahorro se hace entre dos y tres años el aporte oficial oscilará entre el 22 % para quienes devenguen entre uno y dos salarios mínimos y el 12 % para más de siete salarios mínimos. Para ahorros de más de tres años el beneficio irá entre el 13,5 % y el 23,5 % de todo lo ahorrado. ¿Puedo dejar de ahorrar?Sí, no es obligatorio el ahorro voluntario. Pero es claro que el usuario pierde el tiempo acumulado. También se perderá el beneficio monetario del Gobierno a través del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, Fospec. En otras palabras, no habrá incentivos. ¿Qué entidades pagarán ese beneficio del Gobierno?Lo hará el Fospec a través de las cajas de compensación familiar una vez el trabajador quede desempleado. Asimismo, las cesantías podrán seguir siendo giradas por los fondos o administradoras respectivos cuando se pierda el empleo o haya retiros parciales.Formato para ahorro voluntarioEl Gobierno estandarizará en los próximos días un formato que deberán diligenciar los trabajadores para el porcentaje de ahorro de sus cesantías.El monto del ahorro podrá ser modificado por el trabajador en cualquier momento mediante el diligenciamiento de un formato físico o electrónico. Pero no podrá reducir ese ahorro por debajo de los montos fijados en el Artículo 13 de la Ley 1636.Se podrá seguir comprando viviendaLos trabajadores que retiren sus cesantías para vivienda o estudio, podrán hacerlo. Es decir, que las cesantías no quedarán congeladas en los fondos o administradoras.Sin embargo, al realizar el retiro respectivo se pierde el incentivo y el beneficio monetario del Gobierno, ya que solamente es para atender al trabajador cuando quede en condición de cesante.

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