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Ultimátum al Gobierno para implementar ley de atención al cáncer en Colombia

El Consejo de Estado dijo este miércoles que en el término de los ocho meses siguientes se debe llevar a cabo una serie de programas sobre la enfermedad en el Sistema de Salud del país.

27 de septiembre de 2012 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

El Consejo de Estado dijo este miércoles que en el término de los ocho meses siguientes se debe llevar a cabo una serie de programas sobre la enfermedad en el Sistema de Salud del país.

Por incumplir con la implementación de la Ley 1384 de 2010, la cual establece atención y acciones especiales por parte del Gobierno Nacional para los enfermos con cáncer, el Consejo de Estado lanzó el miércoles un ultimátum, al advertir que en el término de los ocho meses siguientes se debe llevar a cabo una serie de programas sobre la enfermedad en el Sistema de Salud del país. El anuncio lo hizo este miércoles el presidente de esa corporación, Gustavo Gómez, quien manifestó que ya han pasado dos años desde que fue expedida la Ley y aún no ha sido puesta en marcha. “Han transcurrido 24 meses y el Gobierno ha omitido la obligación de dar el reglamento cumplido para que la Ley se pueda hacer efectiva”, explicó el magistrado.La decisión del Alto Tribunal se da al fallar una acción de tutela interpuesta por el ciudadano Jaime Sierra Delgadillo, según la cual los ministerios de Salud y Educación deben dar cumplimiento a la mencionada Ley, con el fin de que se implemente una atención integral al cáncer en Colombia. “El objeto de la Ley es establecer las acciones para el control del cáncer y habiendo sido declarado éste como una enfermedad de interés en salud pública y prioridad nacional, es indudable que la reglamentación que efectúen las autoridades accionadas conllevaría a que tal propósito se cumpliera y que en el país se llevara a cabo realmente una política de prevención, detección temprana y rehabilitación de los enfermos oncológicos”, precisó la sentencia.En igual sentido, la Sección Quinta del Consejo de Estado, encargada de emitir el fallo, advirtió que la regulación de la Ley debe ser integral, lo cual indica que los actores que intervienen en el Sistema General de Seguridad Social en Salud deben ser dotados con todas las herramientas técnicas, tecnológicas, económicas y médicas para el tratamiento de dicho padecimiento. “Si bien algunas de las disposiciones, cuyo cumplimiento se solicitaba, no contenían un término para expedir la regulación requerida, lo cierto es que se trata de un régimen que pretende el establecimiento de unas acciones para el control integral del cáncer”, puntualiza la sentencia.

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