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Toda sentencia contra entidades públicas debe ser revisada: Corte Suprema

Según indicó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, ningún fallo se hará efectivo o cobra ejecutoria sin que haya revisión de segunda instancia a pesar de que no se haya pedido una apelación.

25 de junio de 2015 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Según indicó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, ningún fallo se hará efectivo o cobra ejecutoria sin que haya revisión de segunda instancia a pesar de que no se haya pedido una apelación.

[[nid:436852;http://contenidos.elpais.com.co/elpais/sites/default/files/imagecache/563x/2015/06/corte_suprema_justicia.jpg;full;{Sala plena de la Corte Suprema de Justicia. Foto: Colprensa}]]

A fin de proteger el interés público, de ahora en adelante toda sentencia que sea proferida en contra del Estado por jueces laborales deberán ser revisadas en segunda instancia así no hayan sido apeladas. 

Así lo precisó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al ejercer su función unificadora como máximo tribunal en materia laboral y de la seguridad social y señalar la obligatoriedad de la revisión de las sentencias frente a instituciones como Colpensiones, por ejemplo. 

A juicio de la Corte, basta con que la sentencia de primera instancia sea condenatoria, total o parcialmente e independientemente de que el fallo no haya sido apelado, para que se active la consulta y los tribunales superiores deban revisar, sin límites, la totalidad de las decisiones adversas a la Nación, departamentos, municipios o entidades territoriales y descentralizadas en las que el Estado sea garante.

 En consecuencia, subraya el pronunciamiento, ningún fallo se hará efectivo o cobra ejecutoria sin que haya revisión de segunda instancia.

 La Corte tomó la decisión en fallo de tutela en donde tomó como referencia una decisión de la Corte Constitucional SU 962 de 1999 “en la que se dejó sentado que en los asuntos propios de Foncolpuertos debe surtirse de manera obligatoria (la revisión) cuando la condena le fuere desfavorable total o parcialmente". 

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