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Por decisión de la Corte, no habrá cobro extra a usuarios para alumbrado público

El Plan de Desarrollo facultaba a ciudades y municipios a que cobraran una contribución especial a usuarios.

25 de mayo de 2016 Por: Elpais.com.co | Colprensa.

El Plan de Desarrollo facultaba a ciudades y municipios a que cobraran una contribución especial a usuarios.

Los colombianos no tendrán que pagar un cobro extra para financiar el alumbrado público. Así lo decidió la Corte Constitucional, luego de hundir el artículo 191 en el que se reglamentaba dicha contribución especial. 

De esta forma, una vez más, el Plan de Desarrollo 2014-2018 sufrió un revés en la Corte. 

En dicho plan, el Congreso inicialmente cambió el tradicional cobro de un impuesto para soportar el alumbrado público en las ciudades y municipios, por un cobro extra a algunos usuarios.

Esa contribución especial se fijó para que los municipios y distritos puedan recuperar el costo y los gastos que implica el alumbrado público. No obstante, fue demandado ante la Corte por el ciudadano Adiel Carrascal y hoy la Corte consideró que era contrario a la Constitución y lo ‘tumbó’ con una votación de 6 a 3. La ley decía que ese pago adicional se podía cobrar a las personas que realizaran consumos de energía eléctrica tanto en residencias como en generadores y decía que el Ministerio de Minas tenía que fijar cómo se iba hacer ese cobro. Ahora, con la decisión de la Corte este pago adicional ya no se podrá hacer. 

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