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Personas en concubinato podrán heredar bienes de su pareja

Este fallo de la Corte se convierte en histórico y hará que las relaciones extramatrimoniales tengan los mismos derechos que emergen del matrimonio o unión libre.

28 de junio de 2016 Por: Redacción de El País.

Este fallo de la Corte se convierte en histórico y hará que las relaciones extramatrimoniales tengan los mismos derechos que emergen del matrimonio o unión libre.

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia determinó que las personas que hayan tenido relaciones extramatrimoniales con sus patronos durante un tiempo prolongado podrán heredar. 

Así se definió al estudiar un caso ocurrido en Socorro, Santander, donde la mujer que se encargaba de los servicios domésticos mantuvo una relación amorosa con su patrón durante siete años. 

Luego de ocho años de litigio, la Corte Suprema falló a favor de la mujer, que pasará a heredar un predio denominado ‘Los Arrayanes’, en donde se emprendió un proyecto productivo. 

La Corte estudió múltiples testimonios y determinó que la relación se había convertido en una unión de hecho y por eso tenía derecho a heredar. 

Con ponencia del magistrado Luis Armando Tolosa, la Sala Civil agregó que el trabajo doméstico de “lavar y planchar”, que realizan las empleadas domésticas que entran a un concubinato o amorío estable y duradero con su jefe, es una prueba de la relación. 

“El trabajo doméstico y las actividades del hogar de uno o de ambos concubinos o socios, la cooperación y ayuda recíproca dirigida a facilitar la protección que conlleva una relación de esa naturaleza en los demás ámbitos (personal, familiar y social) son demostración inequívoca de un régimen singular de bienes”, dice el fallo.

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