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Ordenan suspender explotación minera en un millón de hectáreas de la Amazonía

Corte tomó la medida mientra se investiga si la multinacional Cosigo Frontier habría persuadido a comunidades indígenas para obtener títulos mineros en Amazonas y Vaupés.

1 de septiembre de 2015 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

Corte tomó la medida mientra se investiga si la multinacional Cosigo Frontier habría persuadido a comunidades indígenas para obtener títulos mineros en Amazonas y Vaupés.

La Corte Constitucional ordenó suspender cualquier actividad minera en un millón de hectáreas en los departamentos de Vaupés y Amazonas, las cuales integran el Parque Nacional Natural Yaigojé-Apaporis. En fallo de tutela, la Corte señaló que al parecer la multinacional Cosigo Frontier estaría persuadiendo a las comunidades indígenas para que se evitara la declaratoria del Parque Nacional Natural en 2009 y así obtener licencia en 13 zonas de extracción de oro. Allí fue conferida en septiembre de ese año, antes de la declaratoria, un título minero en jurisdicción del municipio de Taraira. “Llama la atención la Sala sobre lo que pudo ser una cierta injerencia indebida atribuida a la empresa Cosigo Frontier Mining. Esta aseveración se funda en las diversas manifestaciones que se consignaron en las actas de visita a las comunidades”, dice el fallo. En ese sentido, se ordenó al Ministerio del Interior y de Justicia Dirección Indígenas, ROM y Minorías y al Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial “que evalúen la situación y de encontrarlo pertinente inicien las acciones legales del caso para evitar este tipo de situaciones y sancionar las que habiendo ocurrido merezcan consecuencias legales”, señaló la Corte. En el expediente, las comunidades señalaron que representantes de Cosigo las visitaron, que llevaron misiones médicas y que incluso se presentaron ante Parques Nacionales “expresando su oposición a la creación del área protegida y haciendo propuestas absolutamente contrarias a la visión indígena del territorio”. En ese sentido, la Corte ordenó “la suspensión inmediata de cualquier actividad de exploración y explotación minera, no solo vinculada al título minero al cual hace referencia la resolución de Ingeominas- Dirección de Servicio Minero, sino a cualquier otro tipo de título, hasta tanto las autoridades ambientales, policivas y, eventualmente, jurisdiccionales, clarifiquen lo que ocurre y tomen las decisiones del caso respetando tanto el derecho al medio ambiente, como los derechos de las comunidades tradicionales acorde con los parámetros trazados en esta sentencia”. Así, el Gobierno deberá coordinarse y luego rendir un informe conjunto con destino a la Corte a fin que se cumplan las órdenes. La Corte dio la orden al encontrar que no hubo irregularidades en la declaratoria del Parque Natural, pues se surtieron los procesos de consulta previa en 19 comunidades indígenas que habitan en la zona. Además, se indicó que la declaratoria del Parque no va en contravía con la figura de Resguardo Indígena, ni afecta la identidad de los pueblos nativos. “La existencia del Parque Natural como mecanismo de conservación, permite que los lugares sagrados y el entorno en el que se desarrollan las actividades encaminadas al sustento de la colectividad siga existiendo, con lo cual, tanto la dimensión espiritual, como la física se siguen realizando”, precisó la Corte. 

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