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Niegan tutela de Campo Elías Terán contra la contralora Sandra Morelli

La tutela fue interpuesta por Campo Elías Terán contra la contralora general de la República, Sandra Morelli Rico, por considerar que con la suspensión del funcionario, mientras estaba incapacitado, se violan sus derechos fundamentales.

12 de febrero de 2013 Por: Elpais.com.co | Colprensa

La tutela fue interpuesta por Campo Elías Terán contra la contralora general de la República, Sandra Morelli Rico, por considerar que con la suspensión del funcionario, mientras estaba incapacitado, se violan sus derechos fundamentales.

Con ponencia de la magistrada Martha Inés Montaña Suárez, el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá rechazó la tutela interpuesta por el abogado Abelardo De la Espriella, en representación del alcalde de Cartagena, Campo Elías Terán Dix , en la que cuestiona el proceder de la Contralora General de la República, Sandra Morelli, quien suspendió al mandatario cartagenero de manera provisional. Según la magistrada, la determinación de la Contralora no le produjo al mandatario cartagenero Terán Dix ningún perjuicio irremediable.Ante este panorama, el abogado De la Espriella señaló que respeta la decisión, pero aclara que la impugnará ante el Consejo Superior de la Judicatura “para que el alcalde Campo Elías Terán pueda volver a su cargo y se respete la decisión del pueblo cartagenero, que lo eligió abrumadoramente en el año 2011”. De acuerdo con el penalista, la acción de tutela, instaurada el 28 de enero de 2013, buscaba el amparo de los derechos al trabajo, la estabilidad laboral reforzada, el debido proceso y la igualdad, entre otros, los cuales -dice- le fueron conculcados a Terán Dix por la determinación de Morelli Rico. “Dentro del trámite de la acción de tutela no existió pronunciamiento de la Señora Contralora General de la República”, señala el abogado al sustentar las razones de su desacuerdo con el fallo, y agrega: “El director de Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría General de la República, doctor Javier Lastra Fuscaldo, señaló que el alcalde Campo Elías Terán no se encuentra inhabilitado para ejercer otros cargos públicos y que mientras continúa el proceso de responsabilidad fiscal, que pretende averiguar si un contratista del Distrito de Cartagena cumplió con las obligaciones laborales para con sus empleados, es necesaria la medida de suspensión provisional”. De esta manera, resta esperar lo que suceda con la apelación que en los próximos días llegará a la Judicatura.

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