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Menores si pueden hacer uso del internet pero acompañados

Los menores de edad sí pueden ingresar a redes sociales como Facebook pero solo de forma paulatina y acompañados por sus padres o quienes estén a su cargo.

17 de julio de 2012 Por: Colprensa

Los menores de edad sí pueden ingresar a redes sociales como Facebook pero solo de forma paulatina y acompañados por sus padres o quienes estén a su cargo.

Los menores de edad sí pueden ingresar a redes sociales como Facebook pero solo de forma paulatina y acompañados por sus padres o quienes estén a su cargo.Así lo determinó la Corte Constitucional al considerar que en la época actual “es imposible impedir el acceso de los menores a la Sociedad de la Información y el Conocimiento (…) pero dicho acceso debe ser acorde a la edad y madurez del menor a fin de no afectar su desarrollo armónico e integral”.El pronunciamiento de la Corte se produjo al fallar una tutela que interpuso una mujer en contra del padre biológico de su hija de cuatro años a la que le abrió una cuenta en Facebook con el fin de mantener contacto con la niña.Para esto, mintió sobre la edad de la niña ya que esa red social solo permite crear perfiles a partir de los 13 años pero sí mantuvo –según estableció la Corte- una adecuada configuración de seguridad.La Corte determinó que el padre de la niña violó su derecho fundamental al habeas data debido a la imposibilidad de que esta emitiera un concepto previo, expreso e informado, que permitiera inferir que sí deseaba ingresar a Facebook. Además señaló la Corte que la menor no sabe ni siquiera que es una red social.Para este tipo de casos, señala la Corte “en caso de que un niño o niña llegue a expresar una idea o manifestación respecto al mundo de la tecnología, la misma debe ser valorada de conformidad y madurez de quien la expresa” .Para la Corporación, además se violó el derecho a la información, a la protección de datos y a la honra ya que cuando la niña ya esté en la capacidad de entender que es un perfil en Facebook, encontrará que ya existe uno a su nombre y se ha compartido información relacionada con ella que no ha escogido publicar.“Si bien la patria potestad implica la posibilidad de que los padres tomen ciertas decisiones en nombre de sus hijos, como sería en este caso, la creación de una cuenta en red social, tales decisiones no pueden poner en riesgo a los mismos, ni afectar sus derechos fundamentales, como sucede en este caso” , señaló la Corte.

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