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Licencias de conducción tendrán vigencia de diez años

Sin embargo, las personas entre 60 y 80 años sí tendrán que realizar la renovación cada cinco años y los mayores de 80 cada año.

12 de enero de 2012 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Sin embargo, las personas entre 60 y 80 años sí tendrán que realizar la renovación cada cinco años y los mayores de 80 cada año.

El Ministerio de Transporte informó que con el Decreto-Ley Antitrámites que sancionó el presidente Juan Manuel Santos los ciudadanos se ahorrarán varias diligencias y la normativa cambiará. Por ejemplo, las licencias de conducción tendrán una vigencia de diez años y la revisión técnico-mecánica para vehículos nuevos será necesaria sólo después de seis años.“La licencia de conducción será de diez años y las vigencias actuales siguen siendo perfectamente utilizables, porque hay varios tipos de licencia en este momento. Estamos presentando un proyecto de ley ante el Congreso para una nueva licencia nacional, que se penalizará por puntos. Entonces la licencia llevará un chip especial, que cuando la persona cometa una infracción le va a ir quitando puntos” , afirmó el ministro de Transporte, Germán Cardona. En este sentido, dijo que cuando se apruebe el proyecto, las personas tendrán diez años para renovar su pase y no cada cinco, como sucedía hasta ahora. Sin embargo, las personas entre 60 y 80 años sí tendrán que realizar la renovación cada cinco años y los mayores de 80 cada año.Los ciudadanos que aún tienen el viejo documento, podrán renovarlo gratuitamente. Sin embargo, el Gobierno aún no ha definido a partir de cuándo se podrá realizar este cambio. Además, cuando los ciudadanos realicen los exámenes de conducción podrán dirigirse a las IPS para realizar las pruebas de aptitud física y psicológica.Revisión técnico-mecánica y pago de multasLos vehículos particulares adquiridos desde 2006, son considerados nuevos por el Ministerio de Transporte. En este caso sólo tendrán que realizar la revisión técnico-mecánica después de seis años y no cada dos como lo señalaba la normativa hasta ahora. De ahí en adelante, la revisión se tendrá que realizar cada año. “Un vehículo nuevo es el que tenga seis años de uso, es decir, que los vehículos que se adquirieron en el año 2006 tendría que realizar su primera revisión tecnomecánica en 2012. Es probable que ya se hayan hecho una o dos revisiones, pero de ahí en adelante sólo tendrán que hacerla después de seis años”, aclaró Cardona. Frente al pago de multas de tránsito, resaltó que no sólo se podrán cancelar en la jurisdicción donde fue impuesta sino en cualquier ciudad o municipio del país. “Si uno tiene un parte en algún municipio de Colombia, no tendrá que esperar que le abran la sede de la oficina de tránsito para ir a pagar o volver al municipio, sino que lo puede pagar en cualquier lugar del país” .Por otro lado, si pasados tres años no se hace efectivo el cobro de una infracción, ésta no tendrá que ser cancelada. “Esta cuenta fenece y el ciudadano no tendrá que pagar, porque eso es ineficiencia del Estado” . Otra de las novedades tienen que ver con el retiro de los vehículos de los patios, pues ya no será necesario dirigirse con un abogado para recogerlos, “usted puede ir simplemente como un ciudadano a retirar su vehículo”, puntualizó el Ministro.

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