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22,6 millones de cabezas de ganado hay en Colombia. | Foto: Elpais.com.co | Archivo

GANADERÍA

Levantan cuarentena por fiebre aftosa en Arauca

Tame es el único municipio de ese departamento que continuará con la medida de cuarentena. Los focos de fiebre han sido disminuidos.

28 de julio de 2017 Por: Colprensa / El País 

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), levantó la medida de cuarentena que prohibía la movilización de animales en los municipios del departamento de Arauca, a excepción de Tame, luego de concluido el foco de fiebre aftosa presentado en la vereda de Curipao.  

A partir de este momento se permite la movilización desde y hacia los municipios de Arauca, Arauquita, Cravo Norte, Fortul, Puerto Rondón y Saravena, con destino a plantas de sacrificio autorizadas por el Invima; mientras que para Tame se mantiene la prohibición de manera indefinida.

El gerente general del ICA, Luis Humberto Martínez, explicó que los ganaderos de Arauca deben solicitar la Guía Sanitaria de Movilización Interna de Animales (GSMI), con 48 horas de anticipación, con el objetivo de hacer una visita de inspección sanitaria previa y precintado de los vehículos.  

“En caso de hallarse animales que sean movilizados sin GSMI desde las zonas afectadas por la enfermedad o desde la zona fronteriza con Venezuela, hacia cualquier parte del territorio nacional, serán sacrificados de manera inmediata, en la planta de beneficio más cercana autorizada”, dijo.

El gerente del ICA agregó que se debe mantener la vigilancia en los predios que tengan animales susceptibles a contraer fiebre aftosa en Tame, para eliminar riesgos de difusión del virus y continuar con la erradicación de la enfermedad.

Dentro de las medidas establecidas para el municipio de Tame, están que los vehículos recolectores de leche están obligados a la desinfección de pimpinas, cantinas, vehículos y no deben ingresar al predio, por lo que el productor deberá sacar la leche hasta la entrada principal de la propiedad.

Además, la movilización de los canales de carne con destino a Tame, deberán ser provenientes de plantas de sacrificios autorizadas por el Invima y quedan supeditadas a las disposiciones establecidas por el ICA e Invima.

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