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Invalidez de Campo Elías Terán será calificada por Colpensiones

Campo Elías Terán Dix, cumpliría 120 días de incapacidad temporal como alcalde de Cartagena debido a el cáncer que padece. Pasada esta fecha Colpensiones deberá estudiar su pensión por invalidez.

12 de diciembre de 2012 Por: Elpais.com.co | Colprensa y El Universal

Campo Elías Terán Dix, cumpliría 120 días de incapacidad temporal como alcalde de Cartagena debido a el cáncer que padece. Pasada esta fecha Colpensiones deberá estudiar su pensión por invalidez.

La administradora colombiana de pensiones, Colpensiones, tiene la competencia de realizar el trámite de calificación de invalidez del alcalde Campo Elías Terán Dix. De esta manera, en declaraciones a Caracol Radio, el vicepresidente de operaciones de Nueva EPS, Néstor Arenas, aclaró las especulaciones que se habían escuchado en el Concejo Distrital, sobre la pensión de invalidez para el mandatario. Arenas explicó que Ley antitrámites obliga a las EPS a un concepto —antes de cumplirse el día 120 de incapacidad temporal— sobre la rehabilitación del paciente y enviarlo, antes del día 150, a la administradora de fondos de pensiones que deberá hacer la evaluación del estado de invalidez del incapacitado alcalde para determinar si hay o no pensión por invalidez.Al alcalde le fue prorrogada la incapacidad por 30 días más —hasta el 31 de diciembre—, fecha en la que cumpliría, según el funcionario de la EPS, 120 días de incapacidad. “Nueva EPS no está pidiendo ni insinuando a Colpensiones que le dé pensión por invalidez al alcalde. Estamos cumpliendo con la norma y será la administradora del fondo de pensiones la que determine si se puede o, en últimas, si su pérdida de capacidad es definitiva y se reconoce la pensión”, dijo el funcionario. El proceso En caso de que Terán Dix no esté de acuerdo con la calificación, según el artículo 41 de esa ley, “deberá manifestar su inconformidad dentro de los diez días siguientes y la entidad deberá remitirlo a las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez del orden regional dentro de los cinco días siguientes, cuya decisión será apelable ante la Junta Nacional de Calificación de Invalidez”, que deberá decidir en un término de 5 días. La determinación que tome Colpensiones “deberá contener expresamente los fundamentos de hecho y de derecho que dieron origen a esta decisión”. El 1 de noviembre, la oficina de Talento Humano remitió al Concejo Distrital la incapacidad otorgada por la EPS a Terán Dix, que en primera instancia fue de 15 días (del 1 al 15 de noviembre) y prorrogable por 46 días más. Si, cumplido el tiempo de incapacidad, el alcalde no ha vuelto a sus labores, los médicos deberán determinar la duración de la nueva incapacidad que, en caso de acumular 180 días —y según el acto legislativo 02 de 2002, “siempre que se presente falta absoluta a más de dieciocho (18) meses de la terminación del período”—, se elegirá alcalde para el tiempo restante. En el caso de Cartagena, la convocatoria a elecciones la deberá hacer el presidente de la República. En días pasados, el alcalde Terán Dix había dicho que esperaba regresar a la ciudad luego del 15 de diciembre para pasar la Navidad en la ciudad y que su estado de salud ha mejorado notablemente. "Mi papá se ha recuperado" El hijo del alcalde de Cartagena, Campo Elías Terán Humanez, dijo al portal Metro que no se trataba de una nueva incapacidad ni que esta se haya extendido más allá de los 180 días contemplados en la ley. Asimismo, dijo que el alcalde “se ha recuperado maravillosamente y no hace sino anhelar el día en que pueda regresar a la Alcaldía”, y agregó: “Si la Nueva EPS decide extender unos días más la incapacidad de mi papá, en busca de que se restablezca totalmente, pues claro que atenderemos lo que se disponga”. Terán Humanez concluyó diciendo que percibía desinformación respecto a lo que se dice de su padre.

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