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El fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez, durante su visita a Cali. | Foto: Foto: Oswaldo Páez / El País

ELECCIONES

Fiscalía previene a candidatos al Congreso sobre nuevos delitos electorales

El fiscal Néstor Humberto Martínez insistió en que los aspirantes a las elecciones legislativas, que inician su inscripción este sábado, deben abstenerse de incurrir en conductas que ahora son consideradas como delitos.

10 de noviembre de 2017 Por: Colprensa

El fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, advirtió este jueves sobre los delitos electorales, a propósito de que el próximo sábado arrancan las inscripciones para las personas que aspiren al Congreso de la República para 2018.

“A partir de ahora existirán 13 delitos electorales, de los cuales cinco de ellos son nuevos”, precisó Martínez, al señalar que el primero consiste en la lección ilícita de candidatos. “Según este artículo, el que sea elegido para un cargo de elección popular habiéndose inscrito con una inhabilidad judicial, disciplinaria o fiscal incurre en un delito con una pena de prisión de cuatro a nueve años”, dijo.

Por lo mismo, el fiscal llamó la atención sobre los candidatos al Congreso de la República, para que miren con precaución “que no haya inhabilidades de esta naturaleza”, porque “puede llegar a constituir un delito de acuerdo con el nuevo tipo penal”.

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Frente al tema, argumentó que “si bien el sujeto activo calificado es el candidato que se inscribió y resultó elegido, puede haber una coautoría de quien otorga el aval desde un partido político o movimiento”.

De acuerdo Martínez, otra conducta penal es la de tráfico de votos, donde precisó que esta acción es un delito de “mera conducta”, pues tan solo basta con que se ofrezca como “mercancía” los votos. Para él, esta acción es frecuente en todas las elecciones, y por incurrir en ella se puede enfrentar a una pena entre cuatro y nueve años de prisión.

El jefe del ente acusador explicó que la financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas también está dentro de las acciones irregulares que se cometen a la hora de elegir a los candidatos de elección popular, quienes “incurrirán en penas de cuatro a ocho años para el gerente electoral que permita en la campaña la consecución de bienes prohibidos”.

Martínez aseguró que quien financie de manera indebida alguna campaña, correrá con la responsabilidad de dicho delito. “Entonces yo sí quiero llamar la atención como Fiscalía General de la Nación para que los movimientos, los directores de campaña, los candidatos, tengan clara identidad de que si son fuentes ilegales habrán de cometer un delito”, dijo.

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Del mismo modo, manifestó que los contratistas que devenguen más del 50 % de sus ingresos del año anterior en contratos con el Estado o que tenga subsidios, no podrá hacer aportes a las campañas o incurriría en dicho delito.

Otro tipo penal es la violación a los topes o límites de gastos electorales. Según Martínez, los candidatos también pueden ser autores de dicho delito en caso de que los gastos sean inferiores a 200 salarios mínimos.

El último delito que se encuentra tipificado obedece a la Omisión de información de aportantes, sin embargo, este no se encuentra en vigencia.

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