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Fiscalía General de la Nación. Imagen de referencia. | Foto: Colprensa

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Fiscalía deberá pagar $740 millones por privar de la libertad injustamente a una persona

Hombre estuvo preso por 10 meses por, supuestamente, hacer parte de una red que compraba coca para Autodefensas, lo cual fue descartado en el Consejo de Estado.

23 de febrero de 2021 Por: Agencia AFP

El Consejo de Estado condenó a la Fiscalía a pagarle más de 740 millones de pesos a la familia de una persona que fue injustamente señalada de pertenecer a una red que proveía de cocaína a las Autodefensas del Caquetá.

Información que los comandantes de las estaciones de Policía de Albania y San José de la Fragua y algunos testigos de la zona suministraron a la Seccional de Investigación Judicial de la Policía (SIJÍN) condujeron a la captura de los dos demandantes.

Por esa razón, fueron cobijados con medida de aseguramiento por los delitos de concierto para delinquir y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y permanecieron detenidos durante casi 10 meses, hasta que la Fiscalía precluyó la investigación.

Tras recuperar su libertad, los dos procesados y sus familias interpusieron sendas demandas de reparación directa, buscando ser resarcidos de los daños sufridos a causa de la privación de la libertad que juzgaron de injusta.

En ambos procesos la Fiscalía fue condenada, en uno de los casos, a pagar más de 668 salarios mínimos y, en el restante, más de 440. El organismo de investigación apeló los dos fallos condenatorios, alegando que las medidas de aseguramiento estaban basadas en las exigencias legales de la época, pues se recopilaron elementos indiciarios de la participación de los dos procesados en la red que negociaba la base de coca a nombre de grupos de Autodefensa.


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El Consejo de Estado revocó la condena de 668 salarios mínimos que se le había impuesto a la Fiscalía en uno de los casos. A su juicio, la entidad contaba con indicios suficientes para inferir razonablemente que el procesado era responsable de las conductas que se le adjudicaban, pues en un predio de su propiedad habían sido hallados 252 gramos de base de coca y varios testigos lo señalaban de haber incurrido en los ilícitos.

No sucedió lo mismo frente al otro demandante, pues, para la alta corte, no se reunieron los indicios graves de responsabilidad que ameritaran la medida de aseguramiento. A su juicio, los testimonios que tuvo en cuenta la Fiscalía no constituían ningún indicio grave que condujera a concluir que él hacía parte de la red que compraba la coca a los campesinos para revendérsela a las Autodefensas. Por esa razón, fue confirmada la condena que fue decretada en primera instancia contra esa entidad.

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