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El viacrucis de tener el mismo nombre del 'Mono Jojoy'

Jorge Enrique Briceño Suárez es un samario que ha tenido que enfrentarse a la justicia por tener el mismo nombre que el jefe guerrillero 'Mono Jojoy'. Hace cinco años fue detenido por las autoridades, quienes pensaron que se trataba del subversivo.

16 de septiembre de 2010 Por: Miguel André Garrido | Elpais.com.co

Jorge Enrique Briceño Suárez es un samario que ha tenido que enfrentarse a la justicia por tener el mismo nombre que el jefe guerrillero 'Mono Jojoy'. Hace cinco años fue detenido por las autoridades, quienes pensaron que se trataba del subversivo.

El 23 de abril de 2005 los investigadores de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía en Bogotá no cabían de la dicha. Un reporte radial los notificaba de uno de los logros más significativos, por no decir el más importante, en materia de lucha contra el crimen organizado. Se había hecho efectiva la captura en Santa Marta, nada más y nada menos, que de Jorge Enrique Briceño Suárez. El nombre era suficiente para relacionarlo con el guerrillero por el cual autoridades nacionales e internacionales ofrecen siete mil millones de pesos. Se trataba, según esas primeras versiones, del jefe subversivo de las Farc conocido como ‘El Mono Jojoy’. Lo único malo es que este hombre, no se parecía al reconocido guerrillero de las Farc. “Bajo su nombre y documento de identidad existían sindicaciones por reclutamiento ilícito, delito contra personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario e instigación para delinquir, hechos atribuidos al ‘Mono Jojoy’”, señalaba la sentencia de la Corte Constitucional. Al mismo tiempo el samario Jorge Enrique, de 57 años de edad, se empezaba a percatar de los operativos de la Fiscalía, del DAS, de la Policía, del Ejército y de la Registraduría Nacional, montados sobre él. Los temores que invadieron al señor Briceño apenas eran el inicio de su vía crucis. Aunque tras esa captura fue puesto en libertad, durante los siguientes cinco años ha sufrido constantes retenciones, seguimientos, interrogatorios o negativas en diligencias personales, siempre a raíz de que se lo confunde con el guerrillero perseguido. En su afán por aclarar las cosas recurrió a la Registraduría para establecer el estado de su información judicial, registral, disciplinaria y policiva. Pero el organismo le informó que “su documento de identificación fue dado de baja, por suspensión de derechos políticos”. La siguiente estación, ya con la cruz a cuestas, se dio en la Procuraduría General de la Nación. Ante las peticiones de Briceño el Ministerio Público emitió el certificado de antecedentes numerado como 12300256, en el cual se afirmaba que “Jorge Enrique Briceño Suárez, identificado con la cédula de ciudadanía 12.536.519 registra cuatro anotaciones de carácter penal”. Eran los fallos emitidos por los juzgados Segundo Penal Especializado de Pasto; Primero Penal del Circuito Especializado de Florencia; Segundo Penal del Circuito Especializado de Bogotá; y Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá. La tercera estación, ya de rodillas, la vivió Jorge Enrique en el DAS. En esa oportunidad los funcionarios de ese organismo “se limitaron a informar que cumplían con las órdenes emanadas de las autoridades competentes”. Esta fue la respuesta con la cual Jorge Enrique Briceño Suárez sintió que todas las puertas le eran cerradas en la cara. La angustia del sospechoso y las evidentes diferencias físicas entre ‘El Mono Jojoy’ de las Farc y el supuesto ‘Jojoy’ que había sido detenido en Santa Marta no fueron suficientes para las autoridades. La cuarta estación del padecimiento la afrontó en la Fiscalía General. La Dirección Nacional de Fiscalías, al intervenir en el proceso en junio 17 de 2009, dijo haber emitido seis oficios (los numerados como 15959, 15960, 15961, 15962, 15963 y 15964) con los cuales se pedía a las Fiscalías Seccionales información sobre las investigaciones en contra de Jorge Enrique Briceño Suárez, alias ‘Mono Jojoy’, sólo hasta entonces –dijeron- se pronunciarían de fondo frente a la plena identidad. A pesar de esto, seis meses después de esa fecha (y cuatro años después de la primera detención) la Fiscalía no había resuelto la petición del samario. Él no entendía las razones del atraso, cuando en poder del ente investigador estaban los números de cédula de las dos personas que causaban la confusión. El demandante afirmaba que su cédula es 12.536.519 mientras que la del verdadero ‘Mono Jojoy’, no sólo es diferente (la 17.708.695), sino que el nombre de éste último en su cédula no es Jorge, sino Luis Suárez. La única salida Cansado y a punto de perecer en el Calvario, Jorge Briceño recurrió a una acción de tutela como última esperanza para salir del padecimiento. El argumento principal: el conocimiento que tenía la Fiscalía sobre la suplantación de identidad. “La Fiscalía General de la Nación no ha desarrollado las actuaciones judiciales tendientes a restablecer el buen nombre y la dignidad del actor, ocasionándole así graves perjuicios materiales y morales”, dice el texto último que le dio la razón judicial al ciudadano de Santa Marta, emitido por la Corte Constitucional. La Fiscalía incumplió las normas que la obligan a que en las etapas de instrucción y acusación debe identificar plenamente “al sindicado, procesado o condenado, con sus nombres, apellidos, documento de identificación, o en su defecto, individualizarlo con datos biográficos”, explica el alto tribunal. Esta falla fue la que terminó perjudicando a un ciudadano de bien, afectado por las condenas emitidas por juzgados del país en contra del Briceño de las Farc. Y también lo que llevó al abogado del Jorge samario a calificar a su cliente como un “paria de la sociedad colombiana”. “…Le es difícil salir del país, no puede elegir ni ser elegido, ya que sus derechos civiles y políticos aparecen como suspendidos, como tampoco puede aspirar a una vida crediticia o laboral, lo cual le ha ocasionado, además de los daños materiales, perjuicios morales imborrables…”, señaló el jurista. Es claro que a Jorge Briceño se la habían vulnerado sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, habeas data, honra, buen nombre, libertad personal y libertad de locomoción. La razón la dio el magistrado Luis Ernesto Vargas, integrante de la Corte Constitucional, para quien el proceder de la Fiscalía General, al igual que la de los juzgados respectivos, configuró una vulneración, más aún si se tiene en cuenta que el 6 de mayo de 2005 la Fiscal 29 Delegada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Unitario reconoció que “la persona capturada no corresponde a la requerida dentro de la investigación”. La reparación para el ciudadano de Santa Marta Este caso fue la razón para que la Corte Constitucional reiterara la importancia de que la tutela proceda contra providencias judiciales. En este caso, las que condenaban a Jorge Briceño, como el presunto jefe guerrillero de las Farc. Al reconocer la razón del demandante la Corte Constitucional revocó fallos contrarios dictados por la Corte Suprema de Justicia y por el Tribunal Superior de Santa Marta y le ordenó a la Fiscalía impartir una directiva que llegue a todas sus delegadas en el país, para que se haga claridad en los procesos que se siguen contra el guerrillero de las Farc, a efecto de excluir de éstas al samario Jorge Enrique Briceño Suárez. Una vez efectuada la exclusión, la misma actitud deberán asumirla el DAS y la Policía Nacional. Por su parte, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura deberá emitir una directiva a los jueces del país, para que en todos aquellos procesos en los que figure como presunto autor o partícipe de hechos delictivos el jefe guerrillero ‘Mono Jojoy’ se clarifique la identidad y se excluya al otro Jorge Enrique Briceño Suárez de dichos procedimientos. De estas decisiones deberán ser notificados el DAS, la Policía Nacional, la Procuraduría General de la Nación y la Registraduría Nacional del Estado Civil, para que actualicen los datos respectivos. Finalmente, el alto tribunal ordenó a la Policía Nacional que a través de la Oficina Central Nacional -OCN– Interpol, corrija y actualice la información que dio origen a la Circular Roja internacional expedida contra el señor Briceño Suárez. Así las cosas, se le deberá excluir de las investigaciones, procesos o actuaciones judiciales o administrativas que cursen en cualquier agencia o dependencia colombiana que lo relacionen con hechos delictivos imputables al jefe guerrillero.

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