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Derechos civiles que en Colombia se ganan a punta de demandas

Las parejas del mismo sexo pueden heredar una pensión y tener acceso a EPS y subsidios.

29 de julio de 2013 Por: Redacción de El País

Las parejas del mismo sexo pueden heredar una pensión y tener acceso a EPS y subsidios.

Sesenta sentencias de la Corte Constitucional dan cuenta hoy de los derechos económicos, civiles y sociales que tienen las parejas del mismo sexo en el país: heredar una pensión, una mesada de alimentos, afiliación en salud como cónyuge, subsidios de vivienda y derechos patrimoniales, entre otros, que se han ganado a punta de demandas.Sin embargo, la distancia que hay entre lo que indica la ley y lo que pasa en la realidad sigue siendo muy grande para muchas familias conformadas por personas del mismo sexo que tienen que hacer valer esos derechos adquiridos de nuevo por las vías judiciales.Mauro Garcés es un caleño que ha liderado muchos de estos procesos en la ciudad y recuerda que una pareja de amigos tuvo que acudir a la justicia para obtener una afiliación a la EPS.“Cuando uno de ellos perdió el empleo, su pareja intentó afiliarlo a la salud y, aunque llevaron los documentos que indicaban la formalización de la unión de hecho, les negaron la afiliación como beneficiario”, recuerda.Agrega que se interpuso una tutela que no fue positiva, pero luego el caso pasó a revisión de la Corte Constitucional, que finalmente falló a favor de la pareja y obligó a la EPS a hacer la afiliación. “La unión marital de hecho es un logro para las parejas del mismo sexo, pero deja muy desprotegidas a las personas y todo pasa por la moral y los prejuicios de la gente, lo que prevalece más que el marco jurídico”, dice.Una historia recienteAunque desde el año 1993 se conocen sentencias que respaldan los derechos de los gais, la historia empezó a cambiar a partir del 2007, cuando de manera constante la Corte Constitucional ha venido legislando sobre temas como sustitución pensional, herencias, discriminación laboral y sociedad patrimonial, además de derechos civiles y sociales (ver recuadro).Ricardo Montealegre, representante de la organización Orgullo Lgbt en Colombia, destaca que lo que queda pendiente es el matrimonio civil. “La unión de hecho está permitida, pero se avala cuando la pareja tiene dos años junta, lo que reclamamos es el matrimonio civil porque otorga los derechos de cualquier pareja de forma inmediata y evitaría las interpretaciones de la norma”, dice.Por ejemplo, señala que todavía hay limbos jurídicos y recuerda el caso de la pareja conformada por Arturo Sanjuán y Sebastián Romero. Este último falleció hace un par de años y dejó como beneficiario de un seguro de vida a su compañero. Pero la empresa aseguradora a la fecha no ha reconocido a Sanjuán como el cónyuge, por lo que el proceso aún está en litigio.Pero reconocen avances. El pasado miércoles los empresarios Carlos Hernando Rivera y Gonzalo Ruíz lograron que una jueza legalizara su unión convirtiéndose en la primera pareja homosexual casada en Colombia. Al mismo tiempo, la Corte Constitucional ratificó la norma que permite a jueces y notarios formalizar las uniones.Estella Pinzón, caleña que hoy es coordinadora de diversidad sexual de Poder Ciudadano, asegura que hacer cumplir cada uno de los derechos adquiridos se convierte en una batalla jurídica constante. “La ley dice que yo puedo afiliar a mi pareja a la EPS, pero vaya hágalo. Eso es como en las notarías, tú puedes ir para hacer una unión marital de hecho, eso es legal, pero si el notario no quiere, no lo hace. Lo mismo pasa con las EPS”, afirma.Agrega que intervienen muchas otras cosas, “una pareja que tuve ni siquiera intentó afiliarme a la salud, pero fue por temor a lo que dijeran de ella en el trabajo porque estaba vinculada a un colegio católico y temía que la fueran a despedir”, recuerda.Para Estela Pinzón, la comunidad Lgbt tiene que afrontar una pelea constante por la igualdad y contra el señalamiento de la comunidad. “Por ejemplo, la pareja de una persona cercana a mí murió y la familia de él lo dejó sin un peso, por la doble moral. Hay muchas cosas que impiden que podamos gozar de los derechos adquiridos”, dice.El País elevó una consulta ante Colpensiones y los Fondos Administradores con el fin de conocer cuántas pensiones de sobrevivencia han otorgado a hogares conformados por parejas del mismo sexo y ninguno dio una respuesta.Según una fuente de Colpensiones, la compañía no establece esa estadística específica porque los requisitos para obtener una pensión de sobrevivencia son los mismos para cualquier pareja.Marcelo Duque, experto en pensiones, afirma que lo importante del proceso es cumplir los requisitos que exige la norma y los fondos. Muchas parejas lo dudan y están listos a seguir exigiendo derechos con demandas.Tutela a favor de una pareja caleñaUn juez de Cali falló la semana pasada una tutela a favor de una pareja homosexual, en la que ordena a un notario de la ciudad casarlos a través de la figura de matrimonio civil.La sentencia, expedida por el Juzgado Once Civil Municipal, se dio luego de que la pareja interpuso una tutela porque el pasado 20 de junio, al intentar contraer matrimonio en la Notaria Cuarta de Cali, el notario dijo que estaba impedido legal y cnstitucionalmente.“Por esta razón levantamos una acción de tutela, la cual nos fue notificada a nuestro favor”, explica Luis Felipe Rodríguez, quien junto a su pareja aseguró que la negativa vulneró “sus derechos fundamentales y los hace sentir personas indignas, ciudadanos y familias de segunda clase”.La pareja argumentó, además, que el no poder contraer matrimonio civil obstaculizaba “sus proyectos de vida en lo correspondiente a la posibilidad de crear formalmente una familia bajo el amparo de las normas civiles vigentes”.En virtud de esas demandas, las parejas del mismo sexo han obtenido hasta ahora:Pensión de sobrevivientes: si la pareja fallece estando pensionada por vejez o invalidez, el cónyuge hereda ese beneficio.Derecho a los alimentos: si uno de los miembros de la pareja ha perdido la posibilidad de financiar económicamente su bienestar, el otro debe satisfacer sus necesidades. Salud: derecho a afiliar a una EPS a la pareja desde el primer día de la unión marital.

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