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Jaime Garzón, periodista y humorista colombiano. | Foto: Colprensa

Crimen de Jaime Garzón no se puede catalogar como de lesa humanidad: Tribunal

El tribunal rebajó en cuatro años la pena a la que había sido condenado el exsubdirector del DAS, José Miguel Narváez, sentenciado como determinador del homicidio.

26 de julio de 2019 Por: Redacción de El País

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá rebajó cuatro años la pena a la que había sido condenado el exsubdirector del DAS, José Miguel Narváez Martínez, y argumentó que el asesinato del periodista y humorista no se puede declarar como crimen de lesa humanidad.

Narváez Martínez fue sentenciado en agosto del año pasado a 30 años de cárcel por su participación como determinador en el homicidio de Garzón, decisión que fue apelada por la defensa.

El tribunal se pronunció este jueves al respecto y aseguró que el juez incurrió en un error, puesto que Narváez había sido acusado inicialmente de un delito y fue condenado por otro más grave. Además, aseguró que el crimen no se puede catalogar como de lesa humanidad porque para ese momento no existía ese punible en el ordenamiento jurídico colombiano.

Cabe resaltar que el crimen del comunicador fue declarado como delito de lesa humanidad por la Fiscalía en septiembre del 2016. Por estos hechos también fue llamado ante los estrados judiciales el coronel retirado Jorge Eliécer Plazas.

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Por otra parte, la decisión del Tribunal Superior de Bogotá también desestimó la solicitud de la defensa sobre anular todo el proceso porque, según argumentaron, se habían vulnerado los derechos del exfuncionario.

Además, los magistrados confirmaron en su sentencia que Narváez fue uno de los principales determinadores del crimen de Garzón, aunque resaltaron que la decisión de quitarle la vida fue “autónoma” del exjefe paramilitar Carlos Castaño, quien actuó por “disgusto personal”, de acuerdo con lo revelado por El Espectador.

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