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Corte no se decide sobre corridas de toros

Los magistrados del alto tribunal deberán determinar si espectáculos como el coleo y las novilladas, en el que se utilizan toros y vacas, se deben considerar como maltraro animal. También se estudian las peleas de gallos.

25 de agosto de 2010 Por: Colprensa l Elpais.com.co

Los magistrados del alto tribunal deberán determinar si espectáculos como el coleo y las novilladas, en el que se utilizan toros y vacas, se deben considerar como maltraro animal. También se estudian las peleas de gallos.

Nuevamente quedó aplazada la decisión para definir la constitucionalidad o no de las corridas de toros, las riñas de gallos, el coleo y otras actividades cuestionadas por constituir presuntamente maltrato a animales. El asunto, consignado en la demanda D-7963, está siendo debatido en la Corte Constitucional por siete magistrados titulares y dos conjueces.Entre tanto, frente al alto tribunal ayer aguardaban opositores a la fiesta brava, quienes reclaman una declaratoria de inexequibilidad por parte de la Corporación.Los nueve jueces analizan las razones propuestas por Carlos Andrés Echeverry Restrepo, quien cuestiona la vigencia y constitucionalidad del Artículo 7 de la Ley 84 de 1989, (Estatuto Nacional de Protección Animal), en cuanto a que excluye del concepto de maltrato, o tratos crueles, “el rodeo, el coleo, las corridas de toros, las novilladas, las corralejas, las becerradas, las riñas de gallos y los procedimientos utilizados en estos espectáculos”.La certeza que se tiene acerca de la inminente determinación, sin precisarse su sentido, se debe al plazo que tiene la Corte para pronunciarse. Este término fue interrumpido el pasado 19 de julio debido a la decisión de nombrar a dos conjueces en reemplazo de los magistrados Mauricio González Cuervo y Luis Ernesto Vargas Hernández, quienes por estar fuera del país no pudieron acompañar el debate al interior de la Sala.En ese sentido y ante la posibilidad de un empate a la hora de debatir el aparte demandado, se decidió el llamamiento de conjueces. Por eso fueron designados Diego López y Gustavo Cuello.Según ha trascendido, antes de la referida designación de los reemplazos de González y Vargas, (sólo para este caso) tres magistrados consideraron que la norma debía ser declarada constitucional, mientras un número similar manifestó su oposición radical a dicha posibilidad, por lo que respaldaron la inconstitucionalidad reclamada.

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