El pais
SUSCRÍBETE

Corte Constitucional reconoce herencia de pensión a homosexuales

También se advirtió a los fondos de pensiones que el traspaso de las mismas, debe ser reconocida a homosexuales incluso si la muerte del compañero permanente se produce antes de 2007.

29 de diciembre de 2011 Por: Elpais.com.co | Colprensa

También se advirtió a los fondos de pensiones que el traspaso de las mismas, debe ser reconocida a homosexuales incluso si la muerte del compañero permanente se produce antes de 2007.

La Corte Constitucional ordenó al Instituto de Seguros Sociales reconocer la pensión de sustitución a un hombre que llevaba 30 años viviendo en unión libre con su pareja del mismo sexo, luego de que ésta muriera, sin importar que la muerte se haya producido antes de 2007.El caso comenzó en 2005, cuando la pareja permanente de un hombre homosexual falleció por una enfermedad. Cuando su pareja intentó que el ISS le reconociera el derecho a heredar la pensión, éste se negó argumentado que como la muerte se había producido antes de 2007, fecha en la que fue expedida la sentencia de ese tribunal que equiparó los derechos de heterosexuales y homosexuales en esta materia.Cuando presentó la tutela, ésta fue negada en primera y segunda instancia por el Juzgado Tercero Civil del Circuito y el Tribunal Superior de Bogotá. Sin embargo, cuando llegó ante la Corte Constitucional ésta decidió otorgarla para proteger el derecho, tomando en cuenta que se trata de un caso especial por sus condiciones de salud.Según la sentencia, "en el presente caso el solicitante se encuentra en condición de debilidad manifiesta, pues se trata de una persona que merece especial protección por parte del Estado por su condición de portador del VIH – SIDA”. Al parecer, dado su padecimiento, el tutelante presentaba una gran dependencia de su compañero, “quien le proporcionaba no sólo ayuda afectiva, sino también económica", indica la sentencia.En este sentido hizo un llamado de atención a las administradoras de los fondos de pensiones para que no incidan de manera negativa en el goce efectivo de los derechos que tienen las parejas del mismo sexo. Aclaró que lo único que deberían considerar para otorgar estas pensiones es "que cualquiera de ellos cumpla con los mismos requisitos exigidos a los integrantes de las parejas heterosexuales".

AHORA EN Colombia