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Corte Constitucional declara los celos como causal de divorcio

Así lo determinó la Corte, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortíz, en un fallo de tutela que analizó un caso que reflejaba que los celos pueden ser violencia piscológica o incluso tortura psicológica.

11 de febrero de 2015 Por: Redacción de El País

Así lo determinó la Corte, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortíz, en un fallo de tutela que analizó un caso que reflejaba que los celos pueden ser violencia piscológica o incluso tortura psicológica.

La Corte Constitucional determinó que los celos enfermizos sí son causal de divorcio, porque incluso pueden llegar a ser “violencia psicológica”. En fallo revelado por Noticias RCN, la Corte ordena a los jueces de familia a actualizar sus bases jurídicas para considerar los celos excesivos como violencia intrafamiliar y, por tanto, motivo para anular un matrimonio cuando uno de los integrantes de la pareja lo solicite. Así lo determinó la Corte, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortíz, en un fallo de tutela que analizó un caso que reflejaba que los celos pueden ser violencia piscológica o incluso tortura psicológica. El fallo también le pide al Congreso de la República que legisle para contrarrestar, además, la discriminación contra la mujer. El caso de una mujer, cuya pareja la celaba al punto de revisarle la ropa y tomarle muestra de sangre a su hija a escondidas para comprobar que era de él, llevó a la Corte a reevaluar el tema, según publicó un diario en su página web. Aunque la afectada pidió el divorcio, la Sala Civil de la Corte Suprema Justicia se lo negó bajo el argumento de que los celos no eran motivo para esto. El pronunciamiento se dio luego de que en el mismo sentido se había pronunciado un juzgado de familia de Bogotá.Al llegar a la Corte, esta se basa en convenciones de Naciones Unidad contra la violencia de género para revocar los dos fallos que negaron sus pretensiones y conceder el amparo y protección que busca.

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