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Consejo de Estado determina que 'fotomultas' deben ser notificadas por correo

Según el Consejo de Estado, las páginas de Internet de las autoridades de tránsito no son un medio adecuado de notificación. Por eso debe informarse directamente al infractor.

22 de enero de 2014 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Según el Consejo de Estado, las páginas de Internet de las autoridades de tránsito no son un medio adecuado de notificación. Por eso debe informarse directamente al infractor.

El Consejo de Estado determinó que las llamadas 'fotomultas' deben ser notificadas vía correo a los infractores, pues las páginas de Internet de las autoridades de tránsito no son un medio adecuado de notificación. La Corporación señaló que el registro de las faltas de tránsito por esta vía en el Sistema Integrado de Información sobre multas y sanciones por infracciones de Tránsito (SIMIT) no es suficiente, pues pueden pasar años antes de la persona sepa de la multa. En ese sentido, el Alto Tribunal recordó que la norma obliga notificar por correo la infracción cometida por los ciudadanos y que es identificada por medio de cámaras. La determinación se dio luego que el motociclista Carlos Augusto Neira se enterara de una multa en su contra al entrar a la página del Simit, la misma que le había sido impuesta dos años atrás. Neira se movilizaba por la vía entre Calarca - Quindío en el sector conocido como Comba, donde realizó un giro prohibido y fue sancionado. Para la Corporación, en este caso hubo una vulneración al derecho de defensa y el debido proceso, en el entendido de que la multa nace cuando se demuestra la culpabilidad de la persona y no solo cuando se le toma la foto.

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