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Así avanza el proyecto de ley para fijar horas extras desde las 8:00 p.m. 

El nuevo proyecto de ley que impulsa el Ministerio del Trabajo pasó el segundo debate de la Cámara de Representantes. ¿Cómo está funcionando hoy la jornada laboral nocturna?

3 de noviembre de 2016 Por: ElPaís.com.co

El nuevo proyecto de ley que impulsa el Ministerio del Trabajo pasó el segundo debate de la Cámara de Representantes. ¿Cómo está funcionando hoy la jornada laboral nocturna?

A tres pasos está de aprobarse el nuevo proyecto de ley que busca fijar las horas extras desde las 8:00 p.m.

El proyecto impulsado por el Ministerio del Trabajo ya pasó el segundo debate en la Cámara de Representantes, pero aún faltan dos debates en el Senado y la sanción presidencial para su aplicación.

¿Cómo ha venido funcionando el tema?, ¿En qué se beneficia el trabajador?, ¿qué camino debe seguir este proyecto para ser una realidad?

Con este proyecto se modificaría la Ley 789 de 2002 que rige actualmente y que, en su momento, determinó que la jornada laboral nocturna en Colombia empezaría a partir de las 10:00 de la noche.

El proyecto que está en discusión hoy plantea que los trabajadores puedan cobrar dos horas extra más con recargo nocturno.

La ministra del Trabajo, Clara López, aseguró que "es una gran noticia para trabajadores, especialmente para el sector de servicios".

López Obregón indicó que se trata de un proyecto de profundo calado social: “Esta iniciativa traerá beneficios muy importantes de carácter social, económico y a nivel de la productividad, cobija alrededor de 455.000 trabajadores, quienes en promedio trabajan al menos una hora y 45 minutos entre las ocho y las diez de la noche".

Ahora, después de ser aprobada en segundo debate de la Cámara de Representantes será la Comisión Séptima, a la que pertenece el senador Álvaro Uribe, la que reciba la iniciativa.

Fue en 2002, durante el mandato del expresidente Uribe, cuando se quitaron las horas extras y se amplió la jornada laboral nocturna empezando a las 10:00 p.m.

Asimismo, durante el Gobierno del exmandatario, se instauró que si un trabajador labora un domingo o día festivo se le debe pagar un recargo del 75% cuando antes era del 100%.

Eso establecía la Ley 50 de 1990 que fue reemplazada por la de 2002. 

Sin embargo, el actual proyecto de ley que pretende fijar las horas extra desde las 8:00 p.m. no convence al Polo Democrático, partido oficial de la Ministra de Trabajo. Sus miembros plantean dejar las horas extras como estaban antes de la modificación que hizo el expresidente Álvaro Uribe en su Gobierno.

En otras palabras, pagar horas extras desde las 6:00 de la tarde y dominicales y festivos con el 100 % adicional porque el proyecto actual deja este aspecto como estaba, solo pagando el 75 % adicional.

Sobre las críticas de su partido, la ministra dijo: "Ellos no se oponen, lo que quieren es que sea desde las 6:00 de la tarde, pero a veces lo mejor es enemigo de lo bueno. Con esta hora no había consenso para que fuese aceptado y el término medio que aceptó tanto en el Gobierno como en el Congreso fue el de las 8:00 de la noche".

De aprobarse por completo este proyecto de ley, el presidente Juan Manuel Santos estaría cumpliendo la promesa que realizó durante su segunda campaña electoral en 2014, en la que aseguró que le devolvería a los trabajadores las horas extras y recargos nocturnos y acusó a Óscar Iván Zuluaga, su contrincante para ese entonces por las presidenciales, de haberlas quitado siendo el ponente de la ley 789 de 2002.

Según Mintrabajo, la aprobación de esta propuesta que implica un costo de 411.000 millones de pesos para los empresarios, significa $ 75.000 pesos mensuales para cada trabajador partiendo del salario mínimo; mejoras en la productividad de la mano de obra, justa remuneración al trabajo nocturno (conciliación vida familiar) y que el país quede acorde con una jornada nocturna establecida como en la mayoría de los países de la región.

¿Cómo se tramita un proyecto de ley?

Según el Senado de la República, todo proyecto de ley debe completar cuatro debates en el Congreso.

Los dos primeros tendrán lugar en su cámara de origen (Cámara de Representantes o Senado de la República) y los dos últimos debates se realizarán en la cámara restante.

Por ejemplo, si un proyecto de ley tiene su origen en la Cámara de Representantes allí se realizarían los dos primeros debates, los otros dos en el Senado de la República.

A cada proyecto se le asigna uno o más ponentes. La función de estos es emitir un concepto sobre el proyecto debatido y recomendar su aprobación, modificación o archivo.

Una vez un proyecto de ley es aprobado por el Congreso, pasa a sanción presidencial.

El Jefe del Estado puede dar su visto bueno, convirtiéndolo en ley de la República u objetarlo, aduciendo razones de inconveniencia o de inconstitucionalidad.

En este caso, el proyecto pasa de nuevo a estudio del Congreso y, eventualmente, a estudio de la Corte Constitucional.

 

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